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sábado, noviembre 23, 2024
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Elecciones y diversidad: datos útiles para ir a votar

DESDE LAS ELECCIONES LEGISLATIVAS DE 2021 TAMBIÉN VOTAN LAS PERSONAS CUYO DOCUMENTO EXPRESA LA OPCIÓN «X» EN EL CAMPO «SEXO»

“No pueden impedirte que votes si el nombre y género que figuran en el padrón no son los mismos que los de tu DNI. Lo único que debe coincidir es el número de documento», indicaron desde el Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad en sus redes sociales. Ley de Identidad de Género (N° 26.743) garantiza el «trato digno» a todas las identidades. Esto implica que a la hora de ir a votar debe respetarse públicamente el nombre y pronombres con los que cada persona se reconoce.

De la Redacción de EL NORTE
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Mañana se llevarán a cabo las elecciones nacionales Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en Argentina. La agencia Presentes elaboró una guía con los derechos de las personas LGBTIQ+, migrantes y/o con discapacidad a la hora de ir a votar.

A partir de la Ley de Identidad de Género (N° 26.743), todas las personas tienen derecho a expresar libremente su identidad de género y a que sea reconocida. En este sentido, el cambio de documentos por otros con la identidad autopercibida es un derecho y no una obligación.

«Esto significa que no pueden impedirte que votes si el nombre y género que figuran en el padrón no son los mismos que los de tu DNI. Lo único que debe coincidir es el número de documento», indicaron desde el Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad en sus redes sociales. Además, el artículo 12 de esta normativa garantiza el «trato digno» a todas las identidades. Esto implica que a la hora de ir a votar debe respetarse públicamente el nombre y pronombres con los que cada persona se reconoce. Este artículo explicita que «a su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados». Sin embargo, el Poder Judicial resolvió en el Expediente CNE «5» 56/2023 de junio de 2023 que «no resulta procedente la modificación de los datos constitutivos del Registro Nacional de Electores y/o de padrones electorales sin previa rectificación de identidad tramitada ante los organismos competentes». Según esta resolución, el nombre en el padrón no puede modificarse de forma online ni manualmente sin previa rectificación del DNI.

Desde las elecciones legislativas de 2021 también votan las personas cuyo documento expresa la opción «X» en el campo «sexo». Esta posibilidad fue incorporada con el Decreto 476/2021, sancionado en julio de 2021. A la hora de consultar el padrón electoral, además de las opciones de género “masculino” y “femenino” se sumó “sin especificar”.

LENGUAS ORIGINARIAS

Desde el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, en colaboración con el Centro Universitario de Idiomas (CUI) y la Dirección Nacional Electoral se elaboraron instructivos del proceso electoral en distintas lenguas originarias: Qom, Wichí, Mapuche, Quechua y Gunun a Yajuch. Los mismos son entregados a referentes de comunidades indígenas a lo largo del país y también se pueden descargar.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Desde el gobierno nacional se difundieron medidas para que “electores y electoras con discapacidad (visual, auditiva, física, intelectual y psicosocial), personas mayores, personas gestantes y electores/as con niños/as puedan votar”. Estas abarcan recomendaciones a las autoridades de mesa, material de información sobre las elecciones accesibles e indicaciones para el día de la votación.

Entre ellas se establece que las personas con discapacidad tienen prioridad y pueden no hacer fila para votar.

Además, si una persona se presenta acompañada por su perro guía o de asistencia, se debe permitir su ingreso y permanencia en el cuarto oscuro.

Asimismo, todo establecimiento en el que se vote debe contar con un Cuarto Oscuro Accesible (COA). Este está habilitado en un sitio de fácil acceso y cercano al ingreso del establecimiento. Debe contar con señalización para que pueda ser fácilmente identificado. Se debe solicitar ante la persona delegada de la Justicia Electoral o facilitadora sanitaria, quien transmitirá dicha decisión a las autoridades de mesa.

También informa que quienes tengan una limitación para votar pueden hacerlo asistidas con una persona de confianza, una autoridad de mesa o un perro de asistencia.

MIGRANTES

Según el informe Voto migrante en Argentina: un camino a medio recorrer del Observatorio sobre Migraciones y Asilo en Argentina “Gabriel Chausovsky”, once países latinoamericanos (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela) otorgaron derechos políticos a la población extranjera que reside en su territorio. Sin embargo, en la mayoría de ellos, esta participación se encuentra limitada al ámbito local. En este sentido, los únicos dos países donde las personas extranjeras pueden votar a nivel nacional son  Chile y Uruguay.

En Argentina, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires presentan su propia normativa respecto de la inclusión de migrantes en el padrón. En el apartado «Extranjeros residentes en Argentina» de la página www.argentina.gob.ar  se puede ver la forma de empadronamiento y los requisitos para votar en cada distrito. Además se especifica qué pueden votar migrantes en cada jurisdicción.

Las provincias donde pueden votar tanto cargos provinciales y municipales son Buenos Aires, Córdoba, La Rioja, Tucumán y Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el resto, sólo pueden votar cargos municipales. En la provincia de Formosa, sin embargo, no pueden votar ni postularse en las elecciones.

En tanto, los únicos distritos donde existe un empadronamiento automático son la ciudad (desde 2018) y provincia de Buenos Aires (desde 2009).

Asimismo, en todas las provincias del país solo pueden postularse a los cargos de gobernadores, legisladores provinciales, diputados e intendentes las personas que cuentan con la nacionalidad argentina. Para los cargos legislativos municipales y otros cargos locales, solo algunas provincias permiten la postulación de personas extranjeras.

OPERATIVO CONTRA LA DISCRIMINACIÓN EN LAS PASO: El INADI recibirá consultas y denuncias de todo el país a través de la Línea 168

En el marco de la Campaña por el Derecho al Voto, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo en articulación con la Agencia Nacional de Discapacidad y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, brindará asistencia y acompañamiento para garantizar el derecho al voto de los grupos históricamente vulnerabilizados.

Durante la jornada electoral, desde las 8 y hasta las 18, agentes del INADI recibirán consultas y denuncias de todo el país a través de la Línea 168 y del servicio de videollamadas en Lengua de Señas Argentina (LSA) para personas sordas e hipoacúsicas a través de un video vía WhatsApp al 1144049026 para abordar situaciones discriminatorias y/o que dificulten el derecho al voto de todas las personas.