La Cámara declinó resolver el enjuiciamiento de Fernando Espíndola e informó que el planteo deberá ser resuelto por el Tribunal de Casación. El recurso fue presentado luego de que el TOC1 se negara a realizar un Juicio por la Verdad por abuso sexual de menores contra el dirigente tras considerar que el caso prescripto no habilitaba un debate de este tipo a pesar de haber sido ordenado por el juzgado de Garantías Nº3.
De la redacción de EL NORTE
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Sobre el cierre de 2024 se conoció la decisión de la Cámara de Casación declinando resolver acerca de la procedencia del enjuiciamiento por la verdad de Fernando Espíndola por abuso sexual de menores. En este estamento la justicia resolvió que corresponde al Tribunal de Casación emitir dictamen. Todo lo concerniente a este tipo de enjuiciamiento no está legislado por lo que las cuestiones van resolviéndose por creación jurisprudencial. El representante legal de la víctima, Agustín Tanús en diálogo con EL NORTE informó que continuarán recurriendo hasta las últimas instancias para que el juicio se realice. “Si es necesario vamos a pedir audiencia ante casación y la corte” expresó.
El recurso había sido presentado luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal N°1, integrado por los magistrados Cristian Ramos, Laura Fernández y Belén Ocariz, que había sido sorteado para juzgar al sindicalista camionero acusado por abuso sexual en perjuicio de menores de su entorno familiar rechazara realizar el debate.
Los hechos en principios habían sido declarados prescriptos debido al paso del tiempo, pero ante una apelación la Cámara ratificó la prescripción, pero sugirió un Juicio por la verdad. El pedido de elevación a juicio fue presentado entonces por la parte acusadora y ordenado por el Juzgado de Garantías N°3 a cargo de la jueza María Eugenia Maiztegui, pero cuando ya había sido sorteado el tribunal (recayó en el N°1) y solo restaba conocer la fecha de realización sus integrantes resolvieron que el caso no encuadraba en los supuestos que habilitarían un juicio por la verdad, consideraron que “no obstante lo aberrante de los hechos referidos ni las secuelas que dejaran en las personas afectadas, no se trata de un delito de lesa humanidad”. Con estos fundamentos rechazaron el juzgamiento. Tras conocerse esta decisión el abogado representante de la víctima presentó recurso de Apelación ante la Cámara, y en caso de hacerse lugar pidió la recusación de los tres jueces que emitieron el dictamen. Finalmente, sobre el final del año la Cámara decidió que es el Tribunal de Casación quien debe resolver si corresponde o no el juicio por la verdad contra el hombre acusado de delitos aberrantes.
La causa
Fernando Espíndola había sido imputado de abuso sexual reiterado agravado. El caso iba a ser debatido en el primer juicio por la verdad del Departamento Judicial San Nicolás. Las partes avanzaron con el pedido de ofrecimiento de prueba mientras esperaban la fijación de la fecha de realización. La orden de enjuiciamiento había sido emitida por la jueza Maiztegui en mayo pasado y solicitada por el fiscal juvenil José María Guadagnoli y el representante de la particular damnificada Agustín Tanús. El pedido apuntaba a que el dirigente camionero Fernando José Espíndola sea sometido a un juicio Oral y Público por la verdad. La denuncia que originó el proceso había sido presentada en 2019 por su sobrina Cintia Espíndola (su nombre se consigna por su expreso pedido) quien lo acusa de haber abusado sexualmente de ella y de otros menores del entorno familiar cuando las victimas contaban con 6, 8 y 10 años de edad.
La causa fue elevada a juicio por primera vez en abril de 2023 y recurrida por la defensa fundándose en la prescripción por el paso del tiempo. La cámara declaró que realmente la causa estaba prescripta y dictó el sobreseimiento del acusado, pero fue más allá entendiendo que, aunque la ley favorecía al imputado y no podían apartarse de ella, tratando de evitar una probable injusticia le sugirieron al fiscal que solicitara un juicio por la verdad como forma de evitar la injusticia que sería negar una tutela judicial efectiva a la víctima. Es así que Cintia Espíndola decidió seguir adelante y pidió el enjuiciamiento bajo esta modalidad lo que fue concedido por la Jueza de Garantías.
Fernando Espíndola está acusado de haber abusado sexualmente de forma reiterada de tres menores de edad mediante violencia y amenazas aprovechando la situación de convivencia.
Este juicio sería el primero de este tipo en el Departamento Judicial San Nicolás y uno de los primeros en el país.
Actualmente Fernando Espíndola cumple arresto domiciliario acusado junto a Maximiliano Cabaleyro, también dirigente del sindicato de camioneros, por Extorsión y Turbación de la posesión durante el bloqueo a la planta de Rey Distribución en la que también se investigó el pago de coimas.