
El fiscal Mariezcurrena había solicitado el 28 de mayo pasado la detención del imputado de doble homicidio por las muertes de Carmen Montes y Miguel Arroyo. Fue tras la no comparecencia de Ramírez a la audiencia preliminar.
El titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1, Sebastián Zubiri, sostuvo en su fallo «que en cuanto al imputado Ramírez no debe soslayarse que su situación y comparendo son de carácter personal, por lo que en caso de reiterar su conducta se aplicará el art. 303 del C.P.P. y será considerado en situación de rebeldía pudiendo ordenarse su detención ante la necesidad del aseguramiento físico de su persona para la continuación del trámite de la causa».

