El Gobierno reglamentó la ley de emergencia en discapacidad y definió el nuevo esquema de pensiones y controles

La norma establece cómo funcionarán las pensiones no contributivas, fija criterios de acceso y permanencia, refuerza los mecanismos de control y ordena auditorías periódicas. La reglamentación se dictó en un contexto de conflicto judicial que obligó al Ejecutivo a avanzar con la aplicación de la ley.

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El Poder Ejecutivo nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, una norma que había sido sancionada por el Congreso pero que permanecía sin aplicación efectiva por falta de definiciones operativas. Con este decreto, el Gobierno precisó cómo se implementarán las políticas previstas, en especial el nuevo régimen de pensiones no contributivas, los criterios de acceso a las prestaciones y los mecanismos de control y auditoría.

La decisión se produjo en medio de un conflicto judicial. Un fallo de la Justicia federal declaró inválida una suspensión dispuesta previamente por el Ejecutivo y ordenó la aplicación inmediata de la ley. En ese marco, el Gobierno avanzó con la reglamentación, sin desistir de los recursos judiciales presentados, pero cumpliendo con la exigencia de dotar a la norma de herramientas concretas para su ejecución.

Cómo funcionarán las pensiones por discapacidad

La reglamentación define el funcionamiento de la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, que pasa a ser el eje del esquema de asistencia económica. El nuevo régimen establece criterios precisos de acceso, permanencia e incompatibilidades, con el objetivo de evitar superposiciones con otros beneficios previsionales o asistenciales.

Las pensiones deberán articularse con la evaluación socioeconómica de cada caso y con las políticas de inclusión laboral. El esquema busca compatibilizar la función protectora del beneficio con la posibilidad de que las personas con discapacidad accedan al empleo, sin que ello implique automáticamente la pérdida de la prestación.

Además, la norma dispone la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la vigencia de la ley. Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar la situación de los beneficiarios alcanzados, a fin de adecuarlos al nuevo régimen.

Quiénes acceden y qué criterios se aplican

El acceso a las prestaciones estará determinado por criterios que deberán acordarse con el Consejo Federal de Discapacidad. La reglamentación instruye a la autoridad de aplicación a convocar a ese organismo para consensuar los parámetros de evaluación socioeconómica y las condiciones de acceso a los beneficios.

La implementación del sistema deberá contemplar definiciones claras sobre ingresos, compatibilidades y condiciones de permanencia, con el objetivo de garantizar una aplicación homogénea en todo el país. Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires participarán del esquema a través de mecanismos de articulación y cooperación, respetando sus competencias y disponibilidades presupuestarias.

Controles, auditorías y trazabilidad del sistema

Uno de los ejes centrales de la reglamentación es el fortalecimiento de los controles. La Secretaría Nacional de Discapacidad debe presentar, dentro de los 30 días contados desde la entrada en vigencia del decreto, un plan de auditorías periódicas que permita verificar el correcto otorgamiento y mantenimiento de las prestaciones.

El esquema de control apunta a mejorar la trazabilidad de las políticas públicas en discapacidad, ordenar criterios de implementación y garantizar el uso adecuado de los recursos. La norma prevé auditorías regulares y mecanismos de seguimiento que involucren tanto al Estado nacional como a las jurisdicciones provinciales.

El rol del Consejo Federal de Discapacidad

Además, la reglamentación refuerza el papel del Consejo Federal de Discapacidad como ámbito de articulación institucional y consulta. Este organismo, de alcance federal y con participación de la sociedad civil, será clave para acordar definiciones sustantivas vinculadas a la evaluación socioeconómica, los criterios de acceso y las políticas de control.

Las medidas que se adopten en ese ámbito podrán implementarse mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, con el objetivo de asegurar una aplicación coordinada de la ley en todo el territorio.

En paralelo con la reglamentación de la ley, el Gobierno avanzó en la conformación del equipo que tendrá a su cargo la implementación de la política pública. Se designó a Alejandro Alberto Vilches como Secretario Nacional de Discapacidad y se completó la estructura del área con el nombramiento de dos subsecretarios. Gianfranco Scigliano asumirá al frente de la Subsecretaría de Regulación, Certificación y Proyectos, mientras que Esteban Rafael Giler estará a cargo de la Subsecretaría de Políticas de Acceso y Apoyos.

Con estos nombramientos, el Ejecutivo completó el armado del equipo político y técnico que deberá ejecutar la ley, coordinar con las provincias y garantizar el funcionamiento del nuevo esquema de prestaciones y controles.

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