Permite disolver el matrimonio de común acuerdo en un acto administrativo ante el Registro Civil, lo que facilita el trámite y acorta los tiempos. El Poder Ejecutivo también envió al Congreso un proyecto de “modernización judicial”
El Gobierno busca dar otro paso en su política de desregulaciones, con cambios en el ámbito social y en normas fijadas en el Código Civil. Y por ello envió a Diputados un proyecto de ley para simplificar el proceso de divorcio.
La iniciativa que impulsa la administración de Javier Milei propone la posibilidad de terminar un matrimonio por vía administrativa, siempre que ambos cónyuges estén de acuerdo, y así dejar de lado a la Justicia, instancia necesaria en la actualidad. También otra propuesta apunta a agilizar el proceso de retiro de fondos de depósitos judiciales.
La idea del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, es que en el Congreso se debata la instauración del divorcio exprés y la creación de un sistema flexible de inscripción de las sucesiones patrimoniales de común acuerdo de manera simple y rápida, sin que deban intervenir juzgados ni abogados.
En el caso del divorcio exprés, se trata de una de las propuestas originales que tenía la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que presentó el presidente Milei en el inicio de su mandato. En ese proyecto, que se lo llamaba Ley Ómnibus, por tener más de 650 artículos, se había incluido esa reforma, pero terminó rápidamente afuera del plexo normativo cuando empezó a discutirse en las comisiones.
Ahora el Gobierno vuelve a la carga a la espera que el Congreso lo acompañe. “Se propone implementar un divorcio simplificado, con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esta manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo por una vía más simple, más rápida y más económica”, dice en los argumentos el texto.
La iniciativa modifica para ello el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación con el fin de incluir el divorcio en sede administrativa como una de las causales de disolución del matrimonio. Se le suma a la muerte de uno de los cónyuges o la presunción de fallecimiento a través de una sentencia judicial y al divorcio declarado judicialmente.
El nuevo divorcio requeriría entonces solo “un simple trámite administrativo”, iniciado de mutuo acuerdo ante el oficial público encargado del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Respecto de la propuesta para simplificar el retiro de los fondos depositados judicialmente, se prevé la posibilidad de que se puedan sacar sin la previa transferencia del dinero a una sucursal del Banco Nación y sin la presentación de un “formulario de libramiento” ante el juez. Se suprime, además, el costo de los giros de dinero, impuestos a través de una estampilla del valor del sello de la actuación judicial correspondiente.
Entre los argumentos que se detallan en el texto, se identifica como uno de los principales objetivos “dotar de mayor simplicidad a las tramitaciones judiciales para agilizar procesos” con el fin de “aliviar la carga sobre el sistema judicial, promover la competencia y la libertad de los depósitos judiciales y establecer mecanismos más eficientes con respecto a la custodia y disposición de los bienes objeto de secuestro en las causas penales.
Tanto en el divorcio exprés como en el caso de las sucesiones, los “principales” afectados serán los abogados, que son los encargados en la actualidad de llevar esos trámites ante la Justicia Civil y Comercial. En caso de ser aprobados, trámites que duran largos meses, podrían reducirse a horas e incluso minutos.