El Gobierno disolvió el INAL y transfirió al SENASA el control integral de los alimentos

La medida fue oficializada mediante el Decreto 697/2026. El SENASA asumirá las tareas de registro, control y fiscalización, mientras que el Ministerio de Salud concentrará su labor en la definición de políticas sanitarias y nutricionales.

El Gobierno nacional oficializó una reestructuración integral del sistema de control de alimentos en la Argentina con el objetivo de avanzar en la desburocratización del Estado y optimizar los procesos productivos. La medida quedó establecida mediante el Decreto N° 697/2026, que dispuso la disolución del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y la redistribución de sus funciones.

A partir de esta reforma, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) absorberá las tareas de registro, control y fiscalización operativa de alimentos en todo el país. En tanto, el Ministerio de Salud de la Nación concentrará su función exclusivamente en la definición de políticas sanitarias y nutricionales.

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Según el Gobierno, la reorganización apunta a eliminar la superposición de competencias entre organismos, reducir trámites repetidos y acortar los tiempos administrativos que impactaban en los costos del sector productivo y demoraban la comercialización de alimentos.

El nuevo esquema asigna al SENASA la administración de una Base Única de Datos que centralizará los registros de productos y establecimientos alimenticios. Con ello, se eliminarán las dobles evaluaciones que anteriormente debían realizarse ante distintos organismos estatales.

Además, el decreto establece un plazo máximo de 45 días hábiles para tramitar las actualizaciones del Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo de agilizar la incorporación de avances tecnológicos e ingredientes ya aprobados en otros mercados.

Cambios para importaciones y exportaciones

La norma también introduce modificaciones en el comercio exterior. En materia de importaciones, se reconocerán por equivalencia las certificaciones de aditivos, coadyuvantes e ingredientes emitidas por países con sistemas de control de alto estándar o alineados con el Codex Alimentarius. Asimismo, los alimentos envasados destinados a la venta directa serán sometidos a un esquema de verificación posterior al ingreso para acelerar su disponibilidad en el mercado.

En el caso de las exportaciones, los productos deberán cumplir únicamente con la normativa vigente en el país de destino y requerirán una sola certificación emitida por el SENASA.

La reforma también prevé la firma de convenios con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para unificar criterios sobre requisitos, aranceles y esquemas sancionatorios, además de avanzar hacia una única identificación de establecimiento para el tránsito federal.

En ese marco, el SENASA conservará la facultad de autorizar y supervisar a los establecimientos oficiales locales encargados de verificar el cumplimiento del Código Alimentario Argentino.

Por su parte, el Ministerio de Salud concentrará su tarea en la elaboración de políticas de alimentación saludable basadas en evidencia científica. Como primer objetivo operativo, la cartera sanitaria fijó una agenda técnica para avanzar en la eliminación progresiva de colorantes y saborizantes artificiales en productos procesados, en línea con directrices internacionales.

De este modo, mientras el Ministerio de Salud y la Secretaría de Agricultura definirán las pautas sanitarias y nutricionales, el SENASA será el organismo responsable de fiscalizar su cumplimiento en toda la cadena productiva.

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