El Banco Central restituye una de las medidas del cepo: los compradores de dólar oficial no podrán operar divisas financieras por 90 días

La medida aplica a todas las personas, humanas y jurídicas. La restricción en la operatoria para los MEP y CCL será por 90 días.

El Gobierno reinstauró este viernes una nueva restricción cambiaria: quienes compren dólar oficial no podrán acceder a operaciones financieras como el MEP o el contado con liquidación (CCL) durante 90 días. La medida fue dispuesta por el Banco Central (BCRA) mediante la comunicación A 8336 y alcanza tanto a personas humanas como jurídicas.

Según la normativa, a partir del 26 de septiembre, cualquier persona o empresa que intente adquirir divisas en el mercado oficial deberá firmar una declaración jurada comprometiéndose a no realizar operaciones en el mercado financiero en el período mencionado.

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La disposición también funciona en sentido inverso: quienes operen con MEP o CCL no podrán comprar dólares al tipo de cambio oficial durante los mismos tres meses.

Con esta resolución, el Banco Central, bajo la conducción de Santiago Bausili, busca limitar el llamado “rulo”, que se genera cuando los inversores aprovechan la brecha entre el dólar oficial y los financieros para obtener ganancias en operaciones cruzadas.

La medida se suma a las restricciones que ya regían para las empresas y directivos corporativos, y ahora se extiende a la totalidad de los actores económicos, en un contexto de brecha cambiaria en alza.

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