Economía revierte exenciones por incumplimientos de precios mínimos

NewsITe
El Ministerio de Economía dejó sin efecto los beneficios antidumping que regían para dos empresas importadoras de porcellanato de Brasil y China, tras constatar que no respetaron los precios mínimos acordados para poder ingresar sus productos al mercado argentino con aranceles reducidos.
La medida quedó oficializada mediante la Resolución 346/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a la firma brasileña Mohawk Revestimentos Cocal Do Sul y a la china Foshan Junjing Industrial. A partir de ahora, ambas deberán afrontar nuevamente el pago pleno de los derechos antidumping previstos para este tipo de mercadería.
Según el análisis de la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE), las dos compañías perforaron los valores de referencia comprometidos, lo que configuró un incumplimiento de los acuerdos de precios que se habían establecido como condición para acceder al régimen especial. Este tipo de esquemas busca permitir el ingreso de productos importados sin eliminar la protección a la industria local frente a prácticas de competencia desleal.
Antecedentes de la medida y protección a la industria
En agosto de 2024, el Gobierno había prorrogado por dos años las medidas antidumping que alcanzan a las importaciones de placas y baldosas de gres, porcellanato y porcelana, a través de la Resolución 691/2024. Esa normativa respondió a reclamos de fabricantes nacionales que denunciaban el impacto de productos a precios muy bajos, principalmente de origen asiático y brasileño.
Sin embargo, para mantener cierto flujo de importaciones y evitar desabastecimiento, se habilitó a determinadas firmas extranjeras a presentar “compromisos de precios”. Bajo esta modalidad, podían ingresar mercadería sin pagar el derecho antidumping siempre que respetaran un precio mínimo establecido por la autoridad de aplicación. El incumplimiento de ese parámetro, como se verificó ahora, dispara la pérdida inmediata del beneficio.
Empresas alcanzadas y situación de otras firmas
En el caso de Mohawk Revestimentos Cocal Do Sul, de Brasil, la CNCE determinó que la compañía no respetó los precios acordados en operaciones de porcellanato natural, pulido y esmaltado. Por su parte, Foshan Junjing Industrial, de China, fue señalada por vender por debajo de los valores mínimos en envíos de baldosas esmaltadas y sin esmaltar destinados al mercado argentino.
El mismo informe técnico aclaró que otras empresas brasileñas bajo análisis —Delta, Dexco e Incepa— lograron demostrar que las leves diferencias de precios detectadas no respondían a intentos de dumping, sino a envíos de muestras sin valor comercial o a errores mínimos de clasificación arancelaria. Por ese motivo, no se dispusieron sanciones adicionales sobre esas firmas.
Alcance arancelario y posibles impactos en el mercado
La mercadería involucrada en estas medidas se encuentra comprendida en la posición arancelaria N.C.M. 6907.21.00, que incluye desde gres fino natural hasta piezas pulidas, esmaltadas o satinadas de alto valor estético usadas en pisos y revestimientos. Se trata de un segmento clave para la construcción, tanto en obras privadas como en desarrollos públicos.
Fuentes del sector estiman que la restitución plena de los aranceles antidumping podría encarecer algunos productos importados, pero al mismo tiempo reforzar la competitividad de la producción nacional de cerámicos y porcellanatos. No se descarta que, a partir de esta decisión, otras empresas extranjeras revisen sus políticas comerciales para evitar perder los beneficios vigentes.
Con estas decisiones, el Gobierno busca equilibrar el ingreso de productos importados con la defensa de la industria local, incentivando el cumplimiento estricto de los compromisos de precios.
La resolución de Economía se suma al conjunto de herramientas que el Estado aplica para monitorear el comercio exterior, prevenir prácticas de dumping y asegurar condiciones de competencia más justas para los fabricantes argentinos del sector de pisos y revestimientos.

