La explicación fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 27/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Luego de las modificaciones en el protocolo de aislamiento, el Gobierno Nacional aclaró en qué momento pueden volver a trabajar de forma presencial aquellas personas contagiadas con COVID-19 o que han sido contacto estrecho de un tercero infectado.
A través de la Resolución 27/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, oficializada este miércoles a través del Boletín Oficial, la cartera conducida por Claudio Moroni se basó en las “las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud”.
Casos confirmados
Se determinó que “los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”, aunque con distintos períodos de aislamiento según las circunstancias.
Eso será posible recién “a los diez días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico”.
En cuanto a casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de cinco -5- meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo), la duración del aislamiento será de siete días desde la fecha de inicio de síntomas o, en caso de asintomáticos, desde la fecha del diagnóstico.
Quienes pertenezcan a este grupo deberán cumplir “los tres (3) días posteriores de cuidados especiales”:
- No concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales
- Utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas
- Mantener la distancia
- Ventilar los ambientes de manera continua
- Extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo
Contactos estrechos
Con respecto a los contactos estrechos de contagiados de coronavirus, el texto detalla que “podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”. El período de aislamiento varía según las circunstancias:
Los “contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto” podrán volver a la actividad “a los diez -10- días desde el último contacto con el caso confirmado”.
Por otro lado, los “contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo o que hayan tenido Covid-19 en los últimos noventa -90- días” podrán seguir con sus trabajos sin hacer cuarentena, al igual que los “contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de catorce -14- días de la última aplicación”.
En ambos casos, “deben, maximizar medidas preventivas”, “se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día” y “deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria”.