Crimen en escuela de Santa Fe y límites de la nueva ley juvenil

Un caso extremo que pone a prueba la Ley Penal Juvenil

Escuela de Santa Fe donde ocurrió el crimen juvenil

NewsITe

El crimen ocurrido en una escuela del barrio San Cristóbal, en la ciudad de Santa Fe, volvió a encender el debate sobre la responsabilidad penal de los adolescentes en la Argentina. Un chico de 15 años atacó a tiros dentro del establecimiento educativo y asesinó a un compañero, en un hecho que conmocionó a la comunidad educativa y a toda la provincia.

Aunque el Congreso aprobó en marzo de 2026 la nueva Ley Penal Juvenil, que fija la edad de imputabilidad a partir de los 14 años, el adolescente acusado no podrá ser juzgado por un tribunal en el marco de ese nuevo régimen. La clave está en un punto técnico pero determinante: el plazo de entrada en vigencia establecido en la propia norma.

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De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 27.801, el nuevo régimen penal juvenil “entrará en vigencia a los 180 días” de su publicación en el Boletín Oficial. Ese período aún no se cumplió, por lo que, desde el punto de vista jurídico, sigue rigiendo el sistema anterior, que considera no punibles a los menores de 16 años para este tipo de delitos. Por esa razón, el chico, que permanece detenido, será declarado no punible y sólo podrá recibir medidas especiales de protección o sanciones de carácter socioeducativo.

Distintos abogados consultados explicaron que, si bien la figura penal que se aplica al hecho es la de homicidio, la edad del acusado y el período de transición entre un régimen y otro impiden que se lo someta a juicio. El abogado Juan Pablo Gallego señaló que el artículo transitorio responde a la necesidad de reglamentar e implementar cambios institucionales antes de aplicar la ley en todo el país, lo que incluye la adecuación de juzgados, defensorías y equipos interdisciplinarios especializados en niñez y adolescencia.

Qué dicen los especialistas y cómo impacta en el caso

El abogado Rodrigo Tripolone precisó que una ley penal puede aplicarse de manera retroactiva sólo cuando beneficia al acusado. En este caso, sin embargo, la nueva norma sería más gravosa para el adolescente, ya que tornaría posible su imputación formal. Por ese motivo, y sumado a que aún no transcurrieron los 180 días previstos, no corresponde su aplicación al hecho ocurrido en la escuela santafesina.

En la misma línea se expresó el ministro de Justicia y Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni, quien confirmó en conferencia de prensa que, con la información disponible y el marco legal vigente, el joven será declarado no punible. De este modo, la causa se orientará a determinar medidas de resguardo, acompañamiento y tratamiento, más que a un proceso penal tradicional.

El caso abre interrogantes sobre la implementación de la nueva Ley Penal Juvenil y sus alcances en situaciones de extrema gravedad. También vuelve a poner en agenda la discusión sobre el rol del Estado en la prevención de la violencia escolar, la intervención temprana ante señales de riesgo y el fortalecimiento de los equipos de orientación y apoyo psicológico dentro de las escuelas.

Mientras avanza la investigación para reconstruir el contexto previo al ataque y las motivaciones del agresor, la comunidad educativa de San Cristóbal reclama contención y medidas concretas para evitar que una tragedia similar vuelva a repetirse. El expediente se convierte, además, en un caso testigo de la tensión entre la necesidad de respuesta penal y la protección de derechos de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley.

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