Confirman procesamiento y embargo a Juan Grabois

La Cámara Federal ratificó la acusación por el ingreso al Instituto Perón

Fachada del inmueble donde funcionaba el Instituto Juan Domingo Perón en la Ciudad de Buenos Aires

NewsITe

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento del dirigente social y abogado Juan Grabois por el ingreso al inmueble ubicado en la calle Austria al 2500, en la Ciudad de Buenos Aires, donde hasta su cierre funcionaba el Instituto Juan Domingo Perón y el bar temático “Un café con Perón”. Además, mantuvo el embargo por 5 millones de pesos sobre sus bienes.

En una resolución firmada por la Sala I, los camaristas rechazaron el planteo de la defensa y avalaron el fallo dictado el 26 de junio pasado, en el que se lo consideró penalmente responsable, con el grado de probabilidad propio de esta etapa del proceso, por delitos encuadrados en los artículos 150 y 239 del Código Penal, vinculados a la usurpación y la resistencia a la autoridad.

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La causa se originó en los hechos ocurridos el 7 de junio de 2025 en el inmueble estatal de Austria 2593/2601, donde hasta poco antes había funcionado el Instituto Juan Domingo Perón, clausurado a partir del Decreto 346/25. En ese contexto, distintos sectores del peronismo y organizaciones sociales denunciaron el cierre del espacio, históricamente ligado a la memoria y difusión de la figura del tres veces presidente argentino.

La convocatoria y el ingreso al inmueble

De acuerdo con la resolución, el día previo a los incidentes Grabois publicó en sus redes sociales X e Instagram una convocatoria para concurrir al lugar bajo la consigna “defendamos el Instituto Juan Domingo Perón y el Bar ‘Un café con Perón’”. Esa convocatoria derivó en la concentración de militantes y simpatizantes en la puerta del edificio.

Los jueces destacaron que testimonios de efectivos policiales y las grabaciones incorporadas al expediente ubicaron a Grabois en el sitio y al frente del grupo que finalmente ingresó al inmueble. Según el fallo, quienes participaron habrían provocado daños en las instalaciones y permanecieron en el edificio aun después de recibir órdenes expresas de retirarse por parte de funcionarios públicos y fuerzas de seguridad.

Calificación provisoria y alcance del embargo

El tribunal entendió que, en esta etapa preliminar, las conductas atribuidas al dirigente social pueden ser comprendidas –de manera provisoria– dentro de las figuras penales de usurpación y resistencia a la autoridad. También resaltó que la calificación podría modificarse a lo largo del proceso, a medida que se incorporen nuevas pruebas o se produzcan las instancias de debate oral.

En cuanto al embargo de 5 millones de pesos sobre los bienes de Grabois, los camaristas consideraron que el monto se ajusta a los parámetros procesales habituales. Ese tipo de medida, subrayaron, apunta a garantizar una eventual pena pecuniaria, el pago de eventuales indemnizaciones civiles y las costas del juicio, sin implicar de por sí una condena definitiva.

El fallo confirmó, además, el procesamiento de Valentín Peralta, otro de los imputados en la causa, y rechazó el pedido del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para intervenir como amicus curiae. La Cámara dejó en claro que la resolución se limita a esta etapa de instrucción y no anticipa el resultado final del proceso penal, que continuará su curso en los tribunales federales de la Capital Federal.

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