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San Nicolás de los Arroyos
viernes, octubre 18, 2024
Edición Diaria
Edición N°

CONDENADO POR PARTICIPAR DE UN MOTÍN EN EL CALABOZO

SENTENCIA JUDICIAL

La Sra. Juez del Tribunal en lo Criminal N° 1, Dra. Laura Mercedes Fernández, resolvió condenar a Braian Nicolás Ceballos, como coautor penalmente responsable de los delitos de amenazas calificadas, daño y resistencia a la autoridad y robo calificado a la pena única de cinco años de prisión. Cuando lo detuvieron participó de un motín en el calabozo de la DDI.

De la redacción de El Norte
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La Sra. Juez del Tribunal en lo Criminal N° 1, Dra. Laura Mercedes Fernández, resolvió condenar a Braian Nicolás Ceballos, como coautor penalmente responsable de los delitos de amenazas calificadas, daño y resistencia a la autoridad y como autor penalmente responsable del delito de robo calificado por su comisión con efracción, en los términos del artículo 167 inciso 3° del Código Penal, a la pena de tres años de prisión y, en definitiva, a la pena única de cinco años y seis meses de prisión. 



El 3 de enero de 2018, aproximadamente a las 15,30, en el interior de los calabozos de la Delegación Departamental de Investigaciones -sita en calle Alem 114 de San Nicolás- en circunstancias en las que el oficial ya había ingresado a Braian Nicolás Ceballos a los calabozos, éste y otras personas no sometidas a la presente resolución, amenazaron al personal policial utilizando armas blancas de fabricación casera, rompieron la puerta interior divisoria del pasillo y el sector de imaginaria y desobedecieron la órdenes de deponer su actitud impartidas por los funcionarios policiales presentes.

Motín

En el acta de procedimiento consta que el día 3 de enero de 2018 en la sede de la Delegación Departamental de Investigaciones de la ciudad de San Nicolás, a las 15,30 en circunstancias en las que Brian Nicolás Ceballos, en su calidad de aprehendido iba a ser ingresado al sector de calabozos, otros detenidos insultaban y amenazaban al personal policial y que, una vez ingresado Braian Ceballos al sector, todos los alojados en esos calabozos, con armas de fabricación casera (facas), un palo de escoba roto amenazaron a los funcionarios y rompieron el material de una de las puertas.



Los detenidos no obedecieron la orden de deponer esa actitud por lo que los funcionarios presentes ingresaron al calabozo y previo forcejeos los pudieron reducir. Consta en el acta el secuestro de armas de fabricación casera, de que habían roto un caño del baño para hacer las puntas de las armas. 

El robo

El 11 de junio de 2017, entre las 19 y las 23, Braian Nicolás Ceballos previo romper el pasador y el candado de la puerta de ingreso a la vivienda propiedad de Mario sita en calle España de San Nicolás, se apoderó ilegítimamente de una computadora marca Bangho, una campera, dos relojes, cámaras fotográficas y un estabilizador de corriente.



En su denuncia Mario puso en conocimiento de la policía que el día 12 de junio de 2017 había dejado su domicilio sito en calle España a las 19 y al regresar, a las 23, constató que la puerta de ingreso al mismo se encontraba sin el pasador y el candado que había colocado antes de retirarse, que había gran desorden en la casa y que estaban las luces encendidas. Dejó constancia de que le faltaron una computadora marca Epson y una campera. 

Antecedentes

Surge de los registros informáticos y del informe de Secretaría que el 25 de marzo de 2019 se dictó sentencia condenando al nombrado como autor penalmente responsable del delito de robo calificado por el uso de arma, en los términos del artículo 166 inciso 2º párrafo 1º del Código Penal  y, como coautor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves y amenazas, en los términos de los artículos 89 y 149 bis párrafo 1º primera parte del Código Penal, a la pena de cinco años de prisión y la accesoria del artículo 12 del citado Cuerpo Legal y, en definitiva, a la pena única de cinco años y seis meses de prisión más la accesoria del artículo 12 del Código Penal, comprensiva de la pena de tres años de prisión de ejecución condicional impuesta en otra causa.

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