CNV flexibiliza límites para ventas de dólar MEP y CCL

La CNV aliviana restricciones para operadores del dólar financiero

Sede de la Comisión Nacional de Valores de Argentina

La Comisión Nacional de Valores (CNV) introdujo una flexibilización clave en el régimen que regula las operatorias con dólar MEP y contado con liquidación (CCL) para los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y los Agentes de Negociación (AN). La medida, plasmada en la Resolución General 1152/2026, fue publicada en el Boletín Oficial y busca dar mayor margen operativo a las sociedades de Bolsa en sus carteras propias, sin relajar los controles sobre las operaciones de los clientes.

Hasta ahora, los ALyC y AN que mantenían posiciones tomadoras en cauciones, pases u otras formas de financiamiento en pesos tenían vedada la posibilidad de realizar ventas de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto para cuentas de terceros como para su propia cartera. Ese esquema se había establecido en coordinación con el Banco Central (BCRA) para contener las presiones sobre los tipos de cambio financieros.

La nueva normativa, emitida a pedido del BCRA, mantiene la prohibición sobre las operaciones de clientes, pero abre una ventana para que los agentes puedan operar con su cartera propia bajo estrictos parámetros cuantitativos. En concreto, se les permite vender títulos con liquidación en dólares siempre que la operatoria no implique obtener un saldo neto positivo en moneda extranjera o, en su defecto, que la recomposición de su posición en dólares se mantenga dentro de límites establecidos.

Cómo quedan los límites para los agentes del mercado

La CNV fijó dos topes para la recomposición de la posición en dólares de las sociedades de Bolsa:

  • Un límite global equivalente al 15% del patrimonio neto total de cada agente, que puede alcanzarse en cualquier momento.
  • Un tope diario del 3% del patrimonio neto por cada día hábil de operación.

De este modo, los ALyC y AN ganan algo de aire para gestionar sus portafolios y responder a la dinámica del mercado, pero sin que ello se traduzca en un aumento desmedido de la demanda de dólares financieros. La intención oficial es compatibilizar cierto grado de liquidez y profundidad en los mercados MEP y CCL con el objetivo más amplio de estabilizar las cotizaciones.

Fecha de referencia y alcance de la medida

La posición de referencia que servirá de base para medir la recomposición en moneda extranjera será la vigente al 1° de junio de 2026. A partir de esa fecha, la CNV toma el punto de partida del nuevo esquema y monitoreará el cumplimiento de los límites dispuestos. Los agentes deberán adaptar sus estrategias de trading y de administración de riesgos a esta nueva normativa, que se suma al conjunto de reglas que en los últimos años fue configurando el funcionamiento del mercado de dólar financiero en la Argentina.

Con esta resolución, el regulador busca equilibrar la necesidad de darle mayor flexibilidad operativa a los intermediarios con la de conservar cierto control sobre los flujos hacia los dólares bursátiles.

La modificación del marco regulatorio para ALyC y AN se inscribe en un contexto en el que el Gobierno y el Banco Central siguen de cerca la evolución de los tipos de cambio paralelos y su impacto sobre las expectativas inflacionarias. Los próximos días serán clave para evaluar cómo reaccionan las cotizaciones del MEP y del CCL y si la flexibilización para las carteras propias contribuye a ordenar el mercado sin generar nuevas presiones cambiarias.

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