El dirigente camionero Fernando Espindola se presentó esta semana junto a su abogado a la audiencia de ratificación de procedimiento abreviado. Durante el acto procesal realizado en el TOC N° 1 ante la jueza Elena Baquedano reafirmó su conformidad con el acuerdo. Espindola está acusado de Turbación de la posesión y extorsión junto a Maximiliano Cabaleyro quien ya fue juzgado y espera sentencia.

De la redacción de EL NORTE
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En una audiencia in visu (con los propios ojos) correspondiente al juicio abreviado que tiene como imputado al dirigente camionero y exconcejal de San Pedro Fernando Espindola, la jueza Elena Baquedano citó en el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de San Nicolás al imputado para oírlo personalmente, verificar su conformidad y la comprensión de los alcances del acuerdo.
Durante la audiencia Espindola ratificó su decisión de someterse a un juicio abreviado y su aceptación de los cargos a cambio de una reducción de la pena eventual. Aunque no trascendió el contenido del acuerdo se sabe que la pena máxima pactada es de 6 años y que el veredicto será emitido en los próximos días (en caso de condena y atento al plazo ya cumplido bajo prisión preventiva estaría en condiciones de acceder a la libertad condicional).
El sindicalista camionero, está acusado junto a Maximiliano Cabaleyro de los delitos de Turbación de la posesión y extorsión a la empresa sampedrina Rey Distribución. Cabaleyro, secretario general del gremio y exconcejal, ya enfrentó por los mismos hechos un juicio oral tradicional en el TOC N° 2 que finalizó el pasado 6 de octubre y cuya sentencia será dada a conocer el próximo miércoles 14. La pena solicitada para él por la fiscalía es de 10 años de prisión de efectivo cumplimiento.
Por su parte Espindola optó por un trámite abreviado (procede en penas eventuales inferiores a 15 años). Se trata de un acuerdo escrito firmado por el fiscal, el defensor y el imputado donde se acuerda la calificación legal del hecho y una pena determinada que nunca puede ser inferior al mínimo previsto para ese delito. Posteriormente el juez fija audiencia para oír al imputado personalmente y constatar que entiende los alcances del acuerdo, las consecuencias de resignar el juicio oral y la pena pactada.
Tras la ratificación de ese acuerdo el juez puede aceptarlo y dictar una sentencia condenatoria que nunca podrá superar la pena acordada entre el fiscal y el defensor o rechazarlo si considera que los hechos no están debidamente acreditados o si la calificación y la pena no corresponde. En este caso, debe ordenar que se realice un juicio común. Se discute si está dentro de sus facultades absolver al imputado.
Fernando Espíndola, Delegado en San Pedro del gremio de los Camioneros, está detenido desde hace más de cuatro años y medio, aunque actualmente se encuentra con arresto domiciliario.
También están imputados seis exempleados de la firma denunciante, afiliados al gremio, que fueron juzgados junto al Maximiliano Cabaleyro y para los que la parte acusadora solicitó una pena de 3 años de ejecución condicional.
La causa
El caso se conoció en octubre de 2021 cuando un empresario sampedrino hizo público que estaría recibiendo “aprietes” por parte de los sindicalistas para dejarlo trabajar. Gustavo Rey, dueño de la firma, explicó en ese momento que desde el gremio le exigían coimas y un monto fijo de dinero por mes.
Uno de los hechos por los que están imputados Cabaleyro y Espíndola ocurrió el 15 de febrero de 2022, cuando bloquearon la entrada y salida de vehículos de la firma ubicada en San Pedro, impidiendo el desarrollo de la actividad comercial. Según la acusación, una semana más tarde, antes de que amaneciera, Cabaleyro y Espíndola colocaron un colectivo motorhome del sindicato frente al portón de ingreso del estacionamiento. Ese bloqueo duró desde el 22 al 26 de febrero de 2022.
Esto hizo que el Movimiento Empresarial Antibloqueo, representado por la actual senadora Florencia Arietto, intervenga e impulse la presentación judicial por bloquear a la empresa Rey Distribución. La investigación quedó a cargo de la fiscal María del Valle Viviani de San Pedro.
Respecto de Fernando Espindola también se encuentra pendiente la realización de un juicio por la verdad respecto de abuso sexual de menores denunciados en 2019 pero ocurridos varios años atrás. Los hechos habrían sucedido sobre finales de 1980 y prolongado en el tiempo hasta principios de 1990. La causa es por abuso sexual reiterado agravado en perjuicio de menores de corta edad de su entorno familiar y que por encontrarse prescripta la acción por el paso el tiempo habilitarían solo un juicio de estas características.

