El máximo tribunal penal del país rechazó el recurso de la defensa. El condenado Carlos Saúl Díaz continuará cumpliendo condena efectiva en la cárcel.
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Alejandro Slokar, rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Carlos Saúl Díaz, uno de los responsables del secuestro y muerte de Axel Blumberg.
Para rechazar el recurso, los jueces señalaron: “la decisión recurrida de diferir el pronunciamiento acerca de la resolución libertad condicional, define en el caso concreto su razonabilidad, en tanto que el juez de ejecución ha realizado el análisis propio requerido para arribar a aquella resolución, valorando la situación fáctica y jurídica en la que se encuentra el condenado”.
En la audiencia desarrollada por los jueces de Casación Penal, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Derechos y Garantías de las personas Víctimas de delitos (Ley n° 27.372). Fueron escuchados la señora María Elena Usonis y el señor Juan Carlos Blumberg, que solicitaron que cumpla íntegramente la pena impuesta hasta su agotamiento.
La defensa particular había interpuesto pedido de libertad condicional (art. 13 CP) ante el juez Walter Venditti, con funciones de ejecución del Tribunal Oral Federal en lo Criminal n° 2 de San Martín, quien resolvió el diferimiento de la cuestión hasta tanto cumpla con las salidas otorgadas de manera regular. Ante la falta de respuesta, presentó recurso de casación.
Díaz se encuentra condenado con sentencia firme a la “PENA ÚNICA DE VEINTIÚN (21) DE RECLUSIÓN, comprensiva de:
A. La pena de VEINTE (20) AÑOS DE RECLUSION que se le impuso con fecha 25/10/2006 en la causa N° 1616 por ser considerado coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por el número de intervinientes, reiterado en tres (3) oportunidades, dos de ellas agravadas por la obtención del fin propuesto (cobro del rescate) y concursando a su vez idealmente con el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego (hechos que damnificaron a Ana María NORDMANN y Guillermo ORTIZ de ROZAS), y el restante secuestro, agravado por la muerte intencional de la víctima (Axel BLUMBERG); coautor del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra; y autor del delito de asociación ilícita, todos ellos en concurso real entre sí, por hechos constatados entre noviembre de 2003 y marzo de 2004, en esta jurisdicción;
B. La pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN que se le impuso con fecha 11/12/2006 en las causas N° 1773/1651 como coautor del delito de secuestro extorsivo, reiterado en tres (3) oportunidades: dos de ellas agravadas por el logro del propósito (cobre del rescate), en concurso ideal con el delito de robo (hechos que damnificaron a Marta Alicia MUÑIZ y Juan José CANDA, por un lado, y Edgardo Guillermo ALÉ por el otro); y una restante oportunidad, agravada por el logro del propósito y por el número de intervinientes (hecho que damnificó a Daniel Héctor IOTTI), todos ellos en concurso real entre sí, por hechos constatados entre mayo y septiembre de 2003, también en esta jurisdicción”.