Diversas situaciones fuera de lugar se reiteraron en el abordaje de algunos medios de comunicación de la ciudad, desde el homicidio de la joven de 27 años. La información sobre las violencias contra las mujeres y diversidades sin revictimizar debe respaldarse por testimonios certeros, con el foco y la protección a las víctimas y ampararse en los movimientos legales y judiciales, entre otros puntos a tener en cuenta. La Campaña local por la Emergencia Nacional en Violencia contra las Mujeres emitió un comunicado.
De la Redacción de EL NORTE
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Desde la Campaña local por la Emergencia Nacional en Violencia Contra las Mujeres, exigieron esta semana mediante redes sociales (emergenciaenviolencia.sn) ´comunicación con responsabilidad ante un femicidio´. El crimen de Florencia Comas puso en evidencia deficiencias en la comunicación mediática del caso en algunos medios locales.
“Solicitamos a los medios, principalmente de San Nicolás, una comunicación responsable y respetuosa de la información vinculada al femicidio de Florencia Comas. En las últimas horas circularon por portales y redes sociales locales imágenes del hallazgo de su cuerpo, algo que por ética y sensibilidad no es necesario. La divulgación de este tipo de imágenes no solo es innecesaria en términos informativos, sino también un acto de revictimización para Florencia y sus seres queridos. Solicitamos se reevalúen los métodos para una cobertura con perspectiva de género, cumpliendo con el derecho y deber de informar pero sobre todo cuidando las formas. Agradecemos el compromiso con difundir el caso, pero pedimos que se adecúe para respetar la memoria de Florencia y la integridad de su familia”, expresaron.
LEYES Y TRATADOS INTERNACIONALES
En los casos que se investigan hechos que involucran violencia contra las mujeres, resultan de aplicación los mandatos de tratados internacionales, como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belén do Pará), así como las leyes de nuestro país que promueven el respeto de los derechos de las mujeres y las víctimas de delitos. Además de otras normas, como la Ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y la Ley 27.372, de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos.
La comunicación sobre las violencias contra las mujeres y diversidades sin revictimizar debe respaldarse por testimonios certeros, con el foco y la protección a las víctimas, y ampararse en los movimientos legales y judiciales.
‘JUSTIFICACIÓN’ Y RELACIONES DE PODER
Al momento de informar sobre los femicidios, algunos medios apelan a diversas herramientas, aunque esto signifique afectar a la víctima y/o a sus familiares.
En otras ocasiones, la noticia se centra en las acciones de la mujer víctima que supuestamente pudieran haber provocado la reacción del femicida. No existe ningún tipo de justificación o motivos para la violencia de género que no sean las relaciones de desigualdad de poder entre varones y mujeres en particular, y de la violencia contra las mujeres en general.
La espectacularización y descripción de detalles que no hacen a los hechos, lejos de contribuir a informar a la ciudadanía, consolidan estereotipos que contribuyen a minimizar la gravedad del delito cometido. Es importante evitar investigar a la víctima o a su entorno en la búsqueda de elementos que justifiquen los crímenes.
VIOLENCIA MEDIÁTICA
El artículo 6º de la Ley nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que desarrollen sus Relaciones Interpersonales define como violencia mediática contra las mujeres “a aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.
Los medios de comunicación deben sostener la problemática de la violencia hacia las mujeres en agenda y brindar una cobertura responsable en la materia, desde una perspectiva de género, no sexista.
La violencia de género no es solo física o sexual. Es importante tener en cuenta cuando se realicen coberturas sobre violencia por razones de género que existen distintos tipos de violencia más allá de la física o la sexual, que suelen ser las más abordadas por los medios: la psicológica, económica y patrimonial, simbólica, política y digital. También hay diversas modalidades en las que se manifiestan los tipos de violencia: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica, mediática y pública-política. Darles relevancia en las agendas mediáticas ayuda a desnaturalizarlas.
RECOMENDACIONES
Consideraciones para la cobertura de hechos sobre violencia contra las mujeres
1. Es correcto utilizar los siguientes términos: “violencia contra las mujeres”, “violencia de género” y “violencia machista”.
2. La violencia de género debe ser prevenida y sancionada. Es importante focalizar la cobertura en la prevención y la sensibilización social sobre este tema que atenta contra el derecho a la vida, la dignidad, la integración física y psíquica de las mujeres.
3. Mantener el tema en agenda, teniendo en cuenta la violencia en todas sus expresiones –tales como psicológica, económica, sexual, simbólica, doméstica, institucional, laboral, mediática, obstétrica y contra la libertad reproductiva– sin esperar la muerte de las mujeres para “hablar” del tema.
4. Es importante proteger la identidad de la mujer y solo se deben dar a conocer sus datos si se cuenta con autorización. Es preciso tener cuidado sobre los detalles de ella y su entorno que se brindan. Hay situaciones que pueden ponerla en riesgo.
5. Es fundamental, cuando se informa sobre un hecho de violencia contra las mujeres, difundir contactos de organismos o recursos donde obtener orientación o ayuda como la línea nacional gratuita 144.
6. Evitar detalles sobre el modo en que se ejerció la violencia. Esto tiene la finalidad de reducir la morbosidad.
7. Tener especial cuidado con las fotos e imágenes que acompañan las notas. Respetar a las mujeres en situación de violencia y a sus familias, alejándose del sensacionalismo. No confundir la relevancia del tema con el morbo. Cuando se musicaliza, no usar temas que remitan al terror ni que contengan letras que hablen de “amores enfermos” o celos.
8. Buscar utilizar un discurso que sea conjetural y no afirmativo en caso de no contar con la confirmación necesaria, ya que la difusión del caso tendrá impacto a largo plazo en la vida de las personas implicadas. Los medios no son la Justicia.
9. No hay ningún tipo de justificación o motivos ante un caso de violencia hacia las mujeres como “caminaba por una calle oscura”, “se vestía de modo provocativo”, “era muy linda y extrovertida”, “iba sola”. Solo las relaciones de poder desigual de una sociedad machista. Esto permite evitar la revictimización y busca eludir todo juicio de valor sobre la situación. Ni el violento es necesariamente un psicópata, “loco” o enfermo. Evitar expresar esos “motivos” sin justificación ni chequeo alguno.
10. Es imprescindible chequear las fuentes y acudir a personas especializadas para hablar de la violencia contra las mujeres.
11. Evitar utilizar las expresiones como “otro caso de…” o “un caso más de…”, que generan un efecto ´anestesiante´. Abordar el tema como una problemática general y estructural más que el solo énfasis en la particularidad de un caso.
12. No existe la figura de “crimen pasional” para referir al asesinato de mujeres víctimas de la violencia de género. Los crímenes pasionales no existen. Remiten a “la quería mucho” y eso es justificar la violencia.