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jueves, noviembre 21, 2024
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Campaña local exigió ‘comunicación con responsabilidad ante un femicidio’

TRAS EL CRIMEN DE FLORENCIA COMAS

Diversas situaciones fuera de lugar se reiteraron en el abordaje de algunos medios de comunicación de la ciudad, desde el homicidio de la joven de 27 años. La información sobre las violencias contra las mujeres y diversidades sin revictimizar debe respaldarse por testimonios certeros, con el foco y la protección a las víctimas y ampararse en los movimientos legales y judiciales, entre otros puntos a tener en cuenta. La Campaña local por la Emergencia Nacional en Violencia contra las Mujeres emitió un comunicado.

De la Redacción de EL NORTE
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Desde la Campaña local por la Emergencia Nacional en Violencia Contra las Mujeres, exigieron esta semana mediante redes sociales (emergenciaenviolencia.sn) ´comunicación con responsabilidad ante un femicidio´. El crimen de Florencia Comas puso en evidencia deficiencias en la comunicación mediática del caso en algunos medios locales.

“Solicitamos a los medios, principalmente de San Nicolás, una comunicación responsable y respetuosa de la información vinculada al femicidio de Florencia Comas. En las últimas horas circularon por portales y redes sociales locales imágenes del hallazgo de su cuerpo, algo que por ética y sensibilidad no es necesario. La divulgación de este tipo de imágenes no solo es innecesaria en términos informativos, sino también un acto de revictimización para Florencia y sus seres queridos. Solicitamos se reevalúen los métodos para una cobertura con perspectiva de género, cumpliendo con el derecho y deber de informar pero sobre todo cuidando las formas. Agradecemos el compromiso con difundir el caso, pero pedimos que se adecúe para respetar la memoria de Florencia y la integridad de su familia”, expresaron.

LEYES Y TRATADOS INTERNACIONALES

En los casos que se investigan hechos que involucran violencia contra las mujeres, resultan de aplicación los mandatos de tratados internacionales, como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belén do Pará), así como las leyes de nuestro país que promueven el respeto de los derechos de las mujeres y las víctimas de delitos. Además de otras normas, como la Ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y la Ley 27.372, de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos.

La comunicación sobre las violencias contra las mujeres y diversidades sin revictimizar debe respaldarse por testimonios certeros, con el foco y la protección a las víctimas, y ampararse en los movimientos legales y judiciales.

‘JUSTIFICACIÓN’ Y RELACIONES DE PODER

Al momento de informar sobre los femicidios, algunos medios apelan a diversas herramientas, aunque esto signifique afectar a la víctima y/o a sus familiares.

En otras ocasiones, la noticia se centra en las acciones de la mujer víctima que supuestamente pudieran haber provocado la reacción del femicida. No existe ningún tipo de justificación o motivos para la violencia de género que no sean las relaciones de desigualdad de poder entre varones y mujeres en particular, y de la violencia contra las mujeres en general.

La espectacularización y descripción de detalles que no hacen a los hechos, lejos de contribuir a informar a la ciudadanía, consolidan estereotipos que contribuyen a minimizar la gravedad del delito cometido. Es importante evitar investigar a la víctima o a su entorno en la búsqueda de elementos que justifiquen los crímenes.

VIOLENCIA MEDIÁTICA

El artículo 6º de la Ley nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que desarrollen sus Relaciones Interpersonales define como violencia mediática contra las mujeres “a aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Los medios de comunicación deben sostener la problemática de la violencia hacia las mujeres en agenda y brindar una cobertura responsable en la materia, desde una perspectiva de género, no sexista.

La violencia de género no es solo física o sexual. Es importante tener en cuenta cuando se realicen coberturas sobre violencia por razones de género que existen distintos tipos de violencia más allá de la física o la sexual, que suelen ser las más abordadas por los medios: la psicológica, económica y patrimonial, simbólica, política y digital. También hay diversas modalidades en las que se manifiestan los tipos de violencia: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica, mediática y pública-política. Darles relevancia en las agendas mediáticas ayuda a desnaturalizarlas.