Un proyecto presentado en el Congreso propone incorporar nuevos delitos al Código Penal para sancionar la pesca ilegal en aguas argentinas. La iniciativa prevé penas de hasta ocho años de prisión, multas económicas, decomisos y castigos para empresas y funcionarios involucrados.

La iniciativa, impulsada por el diputado Guillermo Michel, establece penas de prisión, multas económicas y decomisos para quienes capturen especies en zonas restringidas, durante períodos de veda o utilizando métodos prohibidos.
La propuesta surge en un contexto de creciente preocupación por la explotación de recursos pesqueros en el Mar Argentino y apunta especialmente a las actividades desarrolladas por embarcaciones extranjeras sin autorización. El texto incorpora una definición específica de pesca ilegal y establece sanciones para quienes oculten información sobre el volumen real de las capturas o presenten declaraciones falsas ante los organismos de control.
Entre los agravantes previstos figuran la utilización de explosivos, la captura de especies protegidas, la actividad en áreas naturales protegidas y la participación de embarcaciones extranjeras. En esos casos, las penas podrían alcanzar los seis años de prisión. Además, si intervienen funcionarios públicos, se contempla una inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.
La iniciativa también avanza sobre toda la cadena comercial vinculada a la actividad. Si se aprueba, podrán recibir condenas quienes vendan, compren, almacenen, transporten o comercialicen productos provenientes de capturas ilegales, siempre que conozcan su origen ilícito. Las sanciones aumentarán cuando estas prácticas se desarrollen de manera organizada o involucren especies protegidas.
Otro de los puntos destacados es la incorporación de la figura de asociación ilícita para quienes organicen o financien estructuras dedicadas a la pesca ilegal de forma permanente. En esos casos, las penas podrán llegar hasta los ocho años de prisión.
El proyecto establece además el decomiso de embarcaciones, vehículos, especies y productos utilizados en la comisión de los delitos. Los ejemplares vivos deberán ser restituidos a su hábitat cuando sea posible, mientras que los alimentos aptos para consumo humano serán destinados prioritariamente a bancos de alimentos y comedores comunitarios.
La iniciativa también prevé sanciones para empresas pesqueras. Las personas jurídicas podrían enfrentar multas de hasta cinco veces el beneficio obtenido, suspensión de permisos, inhabilitación para contratar con el Estado y la publicación obligatoria de la sentencia en medios nacionales y en el Boletín Oficial.
La discusión se desarrolla en medio de advertencias sobre el crecimiento de la actividad ilegal en el Atlántico Sur. Investigaciones citadas por distintos organismos estiman que entre 1,5 y 3 millones de toneladas de especies son extraídas anualmente por flotas extranjeras que operan en el límite de la Zona Económica Exclusiva Argentina. Según estimaciones oficiales, las pérdidas económicas para el país superan los 1.000 millones de dólares por año.
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