ATP: 2.000 EMPRESAS DEBERÁN REINTEGRAR LA AYUDA OFICIAL QUE COBRARON POR HABER INCUMPLIDO LAS CONDICIONES

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Tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar esas sumas percibidas.

A través de la resolución general 5035/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las empresas que hayan incumplido las condiciones previstas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) deberán restituir los fondos correspondientes al salario complementario.

El organismo tributario establecerá un plan de pagos a través del servicio Mis Facilidades para 2.000 empresas que deberán devolver la ayuda salarial que recibieron por el programa ATP por haber comprado dólares o distribuido utilidades, entre otros incumplimientos de la normativa.

Las compañías que reciban una notificación de AFIP tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas.

La financiación que ofrecerá AFIP contemplará un pago a cuenta de 20% de la deuda consolidada y 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas para saldar el resto. Las cuotas incluirán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. Por otra parte, la tasa efectiva mensual será del 2 por ciento.