El organismo extendió hasta el 22 de septiembre el vencimiento para presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025. También postergó el primer anticipo de Ganancias de 2026.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el próximo 22 de septiembre para cumplir con la obligación.
La medida quedó establecida mediante la Resolución 5890, publicada este martes en el Boletín Oficial. Además, ARCA postergó hasta el 24 de septiembre el vencimiento correspondiente al primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026.
La decisión respondió a los pedidos realizados por distintas entidades profesionales, que habían solicitado más tiempo para que los contribuyentes pudieran cumplir con sus obligaciones tributarias.
La resolución, en cambio, no modificó los vencimientos correspondientes al Impuesto sobre los Bienes Personales. Para ese tributo, la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo del período fiscal 2025 mantuvieron como fecha límite el 27 de julio.
Cómo presentar la declaración jurada de Ganancias
Los contribuyentes deben realizar el trámite mediante el servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”, disponible con clave fiscal en la página oficial de ARCA.
Una vez dentro del sistema, deben completar los datos correspondientes al período fiscal y controlar que la información coincida con la documentación respaldatoria.
Después de finalizar la carga, el contribuyente debe validar la declaración jurada y realizar la presentación. El sistema genera posteriormente un comprobante que sirve como constancia del trámite.
Ganancias: desde qué sueldo se paga hasta diciembre de 2026
ARCA también habilitó a los empleadores a adaptar sus sistemas de liquidación para aplicar las escalas y deducciones correspondientes al segundo semestre de 2026.
Los nuevos parámetros alcanzan a los trabajadores en relación de dependencia sujetos al régimen de retención del Impuesto a las Ganancias.
Entre julio y diciembre de 2026, los trabajadores solteros y sin hijos quedan alcanzados por el impuesto cuando su remuneración bruta mensual supera los $3.504.574,20.
Para los trabajadores casados y con hijos, el piso se ubica en una remuneración bruta mensual superior a $4.647.612,99.

