La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la elaboración, fraccionamiento y venta de diversos medicamentos no autorizados por el organismo. Entre ellos, una crema antiinflamatoria a base de cannabis.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) anunció en el Boletín Oficial la prohibición de “elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea” de una serie de productos médicos no autorizados por la entidad. Estos son:
- Gel regenerador cartílago de tiburón triple acción (elimina el dolor desinflama-regenera los cartílagos)
- Cremagel Sanfirol (para masajes desinflamante calmante profundo)
- Destrabe (para dolor de cuello, hombro y espalda)
- Calorín (calmante natural a base de aloe vera)
- Azufre (anestésico natural con microesferas de azufre para dolor de cintura, cuello, espalda y piernas, que elimina dolores articulares, calma tensiones musculares y contracturas, y alivia calambres, torceduras, tortícolis),
- Original Kalma Ya (Anestésico Natural)
- Mentisan crema mentolada (alivia los síntomas de la gripe, resfrío y tos, dolores musculares, reumáticos y de cabeza, picaduras de insectos, labios rajados, quemaduras y heridas leves)
- Cannabis crema para el dolor (indicada para el dolor, es desinflamante y anestésico, elimina la causa del dolor, dolores de espalda, articulares, esguinces, golpes, musculares y contracturas
- Gel directo al dolor ultra kemgué concentrado (dolores musculares golpes-artrosis, desinflamante, analgésico)
- Nueva fórmula Atom Maximizado (anestésico local emulsión desinflamante contra dolores en articulaciones-reuma-frio-golpes-esguinces-espalda-ciática-esfuerzos-desgarros-hematomas)
- La resolución concluye con la prohibición “de cualquier producto elaborado por Laboratorio Iris S.A., Laboratorio Ramusen, Laboratorio Villa Luján y Laboratorio Megapar hasta tanto obtengan las autorizaciones para elaborar y distribuir sus productos en la República Argentina”.
Los geles y cremas fueron prohibidos por Anmat ya que “no existen registros en los rubros medicamentos, productos médicos ni productos cosméticos”. Además, desde los ministerios de Salud de Buenos Aires, La Pampa y Chubut fueron elebadas solicitudes de investigación para laboratorios que no contaban con habilitación en dichas jurisdicciones.
La resolución responde a que “conforme el decreto Nº 150/92 que establece la definición de medicamento y a las indicaciones de los productos en cuestión, corresponde asimilar los productos investigados a medicamentos, por lo que cabe considerarlos como medicamentos sin registro ante la autoridad sanitaria en la República Argentina, respecto de los que se desconoce su procedencia, condiciones de elaboración y que por lo tanto representan riesgo para la salud de los potenciales pacientes a los que se les pudiera administrar”.
Es decir que estos productos podrían ser riesgosos para la salud. Y no se puede determinar “si fueron elaborados en las circunstancias que indica la ley y cuál es su verdadera composición, ni conocer si los insumos utilizados para su fabricación son aptos para la aplicación en humanos ni cuáles son sus efectos reales”.
En este sentido, Anmat considera que estos productos no autorizados podrían no resultar eficaces e incluso representar un riesgo para la salud de los potenciales consumidores que “podrían utilizarlos creyendo que se trata de un producto seguro”. Y es por eos que prohibió su fabricación, fraccionamiento y venta.