La AFIP puso en marcha un plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó un plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2023.
La decisión, que contempla una tasa de interés máxima del 5,91% mensual, incluye este beneficio también para monotributistas.
Así, AFIP ayudará a más de 650.000 contribuyentes y buscará regularizar deudas por un monto de $456.000 millones.
Según se supo, las deudas corresponden mayormente a IVA, Ganancias, y aportes y contribuciones a la seguridad social, entre otros tributos. Incluye los intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión tanto en vía administrativa como judicial. Comprende también a la deuda de capital.
En este marco, las mayores beneficiadas serán las micro y pequeñas empresas, que representan el 48% del universo de firmas alcanzado por la medida y poseen el 42% del stock de deuda total.
Por su lado, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan al 31,2% de los contribuyentes que mantienen obligaciones vencidas con el organismo, por el 3% del monto total. El resto de los contribuyentes lo completan las empresas medianas.
El plan abarcará hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y del tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima del 5,9% mensual.
La adhesión podrá realizarse hasta el 29 de septiembre de este año.
La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago, se decidirá según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos y del tipo de plan:
– Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas se autorizarán hasta 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas.
– Las medianas empresas de “tramo 1″ podrán pagar en hasta 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 por aportes de la seguridad social y 6 por retenciones y percepciones impositivas.
– Las medianas empresas de “tramo 2″ tendrán la opción de cancelar sus deudas en hasta 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y 3 por retenciones y percepciones impositivas.