El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat anunció la reapertura de inscripción para acceder al sorteo de viviendas en Desarrollos Urbanísticos de todo el país, más conocido como el programa Procrear.
La cartera que conduce el ministro Jorge Ferraresi habilitará hasta el próximo lunes 20 de diciembre las solicitudes online para luego realizar el sorteo para adjudicar las viviendas disponibles en esta nueva etapa.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que una vez que estén los inscriptos se proseguirá con el sorteo para ver quiénes se quedan con las viviendas, el cual está programado para el lunes 27 de diciembre.
Para formar parte será necesario ingresar a la página oficial del programa Procrear 2021, y desde el sitio seguir los pasos hasta llegar al formulario donde el usuario deberá completar y enviar.
Procrear II: en qué provincias se puede inscribir
- Buenos Aires
- Chaco
- Chubut
- Córdoba
- Corrientes
- La Pampa
- Mendoza
- Misiones
- Neuquén
- Salta
- San Luis
- Santa Fe
- Tierra del Fuego
- Tucumán
Procrear II 2021: requisitos para anotarse
- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años;
- No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción;
- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente;
- Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país;
- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción;
- Acreditar el estado civil declarado, excepto el estado civil soltero.
- Además, presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder;
- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 2 SMVyM y 8 SMVyM;
- Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada;
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
Con información de TyC Sports.