Ramón Eduardo Álvarez falleció a los 75 años como consecuencia de un paro cardiorrespiratorio derivado de una neumonía. En 2010, el Tribunal en lo Criminal N° 1 lo condenó a 15 años de prisión por el homicidio de Alcides Percara, un caso que tuvo amplia repercusión en San Nicolás.

Ramón Eduardo Álvarez, conocido en San Nicolás como “Choni”, falleció a los 75 años. Según pudo saber EL NORTE, murió a causa de un paro cardiorrespiratorio derivado de una neumonía. En los últimos años había atravesado un cáncer de colon.
Álvarez era ampliamente conocido en la ciudad por sus antecedentes delictivos. Entre ellos, se encontraba la condena que recibió en 2010 por el homicidio de Alcides Percara, un hecho ocurrido a fines de 2007 que tuvo fuerte repercusión en la comunidad.
El 6 de septiembre de 2010, el Tribunal en lo Criminal N° 1 de San Nicolás lo declaró penalmente responsable del delito de homicidio junto con Ángel Ayala. La sentencia fijó una pena de 15 años de prisión para Álvarez y de 14 años para Ayala.
En aquella resolución, el Tribunal descartó las agravantes de alevosía y ensañamiento. Por ese motivo, no hizo lugar al pedido del fiscal Patricio Múgica Díaz, quien había solicitado la prisión perpetua para ambos acusados.
Además, los jueces absolvieron a Álvarez del delito de apropiación y omisión de restitución indebida de varios equinos pertenecientes a Lorenzo Ferreyra, conflicto que había originado los hechos que terminaron con la muerte de Percara. Sin embargo, sí lo responsabilizaron por resistencia a la autoridad al momento de su detención.
La condena por el homicidio de Alcides Percara
La sentencia fue adoptada por unanimidad por los tres magistrados que integraban el Tribunal. Entre los elementos de prueba considerados determinantes figuró la declaración que Alcides Percara realizó antes de fallecer, en la que señaló a Ramón “Choni” Álvarez como la persona que le había propinado la golpiza.
También tuvo peso el testimonio de Lorenzo Miguel Ferreyra, quien declaró haber visto cómo trasladaban a Percara, gravemente golpeado, hasta su campo. En ese relato identificó a Ángel Ayala como una de las personas que arrojó a la víctima por encima de una tranquera y sostuvo que el vehículo utilizado pertenecía a Álvarez.
Durante el juicio, la defensa intentó demostrar que la muerte no guardaba relación con la agresión sufrida y pidió la absolución de los imputados por el delito de homicidio. En el caso de Álvarez, solicitó que solo se lo responsabilizara por lesiones graves, mientras que para Ayala requirió la absolución.
Sin embargo, el Tribunal rechazó ese planteo al considerar que los médicos presentados por la defensa no aportaron una explicación científica concluyente sobre el fallecimiento de la víctima.
La autopsia fue determinante para el fallo
Otro de los aspectos centrales del debate fue la causa de la muerte de Alcides Percara.
Los jueces respaldaron el informe elaborado por los peritos oficiales que realizaron la autopsia. Ese estudio concluyó que la víctima falleció como consecuencia de una lesión lacerante en la arteria hepática, lesión que no pudo desvincularse de la golpiza sufrida días antes.
En cambio, los médicos convocados por la defensa habían planteado la posibilidad de que el fallecimiento se hubiera producido por un aneurisma en esa arteria. El Tribunal desestimó esa hipótesis al considerar, entre otros aspectos, que ninguno de esos profesionales había examinado personalmente a la víctima y que ese tipo de aneurisma constituye un cuadro de muy baja frecuencia.
Con esos fundamentos, el Tribunal confirmó la responsabilidad penal de Ramón “Choni” Álvarez y Ángel Ayala como coautores del homicidio de Alcides Percara, descartando la existencia de alevosía y ensañamiento, pero manteniendo la calificación de homicidio.
Algunos otros delitos registrados





