La Corte Suprema ratificó la responsabilidad del Estado por Once

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la obligación del Estado Nacional de indemnizar a víctimas y familiares de la tragedia ferroviaria de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012. El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por el propio Estado y por una compañía aseguradora, dejando firmes las sentencias dictadas en instancias anteriores.
El fallo fue firmado por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes desestimaron por inadmisibles los planteos contra resoluciones que habían hecho lugar a demandas civiles iniciadas por heridos y por familiares de personas fallecidas en el siniestro. De esta manera, se consolida la línea jurisprudencial que reconoce la responsabilidad estatal en la prestación y el control del servicio ferroviario.
Entre los expedientes alcanzados por la decisión se encuentran las causas iniciadas por Fabio Reynaldo Flamenco y Patricia Delgado Ferreira, ambos lesionados en el choque, así como la demanda de José Luis Torres Amarilla y su familia, quienes reclamaron tras la muerte de su hija en el accidente. Los montos indemnizatorios y los alcances específicos de cada caso permanecen en el ámbito de los tribunales inferiores, pero la Corte cerró definitivamente la discusión sobre la responsabilidad.
Un fallo que consolida la responsabilidad del Estado
La tragedia ocurrió cuando una formación de la línea Sarmiento, con alrededor de 1.200 pasajeros a bordo, impactó contra los paragolpes de contención de la estación Once. El hecho provocó 51 muertos y cerca de 800 heridos, convirtiéndose en uno de los peores siniestros ferroviarios de la historia reciente argentina y marcando un antes y un después en el debate sobre la seguridad en el transporte público.
En etapas previas del proceso judicial, la Justicia había condenado al Estado Nacional, a la empresa concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA), al maquinista Marcos Córdoba y a la aseguradora a pagar indemnizaciones. Los jueces consideraron acreditadas fallas en la conducción de la formación, deficiencias estructurales en el servicio y una notoria falta de control por parte de los organismos estatales responsables.
La Cámara Civil había ratificado esas responsabilidades al sostener que la seguridad del servicio ferroviario es una obligación compartida entre el concesionario y el Estado, que no puede desentenderse del control efectivo. El Estado intentó eximirse, argumentando que la responsabilidad recaía exclusivamente en el maquinista y la empresa privada, pero sus planteos fueron rechazados en cada instancia, hasta llegar ahora al cierre definitivo del caso por parte de la Corte.
- Se mantienen las condenas indemnizatorias a favor de heridos y familiares de víctimas fatales.
- Se reafirma la obligación del Estado de garantizar y controlar la seguridad del servicio ferroviario.
La decisión del máximo tribunal se inscribe en una serie de pronunciamientos que refuerzan el deber estatal de supervisar los servicios públicos concesionados y de responder ante las víctimas cuando ese control resulta insuficiente.
Con este fallo, la causa civil por la tragedia de Once avanza hacia su cierre definitivo en los tribunales, mientras que las víctimas y sus familias ven consolidado su derecho a ser resarcidos por uno de los episodios más dolorosos del sistema ferroviario argentino.

