El feriado del 1 de abril abre un descanso extendido en dos localidades de la provincia de Buenos Aires

Un asueto local en Monte Hermoso y La Viruta se combina con Semana Santa y genera un esquema extendido de descanso para quienes residen en esas zonas.

Una particularidad del calendario oficial generó expectativa en la provincia de Buenos Aires tras el feriado del 24 de marzo. La atención se trasladó a la semana siguiente, donde la confirmación de un asueto administrativo el miércoles 1 de abril abre la posibilidad de un descanso extendido para un grupo específico.

El feriado del 1 de abril no responde a una conmemoración nacional, sino a celebraciones locales. Se trata de aniversarios fundacionales y festividades patronales en distintos puntos del país, que en este caso impactan en dos localidades bonaerenses.

Dónde será feriado el miércoles 1 de abril

El próximo miércoles 1 de abril de 2026 será feriado en el partido de Monte Hermoso y en la localidad de La Viruta, en Punta Indio. La jornada alcanzará a quienes trabajan o residen en esos distritos.

En ambos casos, el asueto se debe a los aniversarios fundacionales. Durante esa jornada, el sector administrativo y las entidades bancarias permanecerán cerrados. Además, algunos comercios no abrirán sus puertas.

Al mismo tiempo, se prevé la realización de actividades recreativas y celebraciones destinadas a destacar la identidad cultural de cada localidad.

Cómo se configura el descanso extendido

La particularidad radica en la cercanía de fechas. El feriado local del miércoles 1 de abril se ubica inmediatamente antes del jueves 2 de abril, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, y del viernes 3 de abril, correspondiente al Viernes Santo.

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Esta combinación genera un esquema de descanso extendido en el marco de Semana Santa para quienes se encuentren alcanzados por el feriado local, dando lugar a un período más amplio de inactividad laboral y administrativa.

El calendario de feriados nacionales en 2026

Dentro del calendario oficial, los feriados inamovibles incluyen:

  • Jueves 1° de enero: Año Nuevo
  • Lunes 16 y martes 17 de febrero: Carnaval
  • Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
  • Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
  • Viernes 3 de abril: Viernes Santo
  • Viernes 1° de mayo: Día del Trabajador
  • Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
  • Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano
  • Jueves 9 de julio: Día de la Independencia
  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad

En tanto, los feriados trasladables son:

  • Miércoles 17 de junio: Martín Miguel de Güemes
  • Lunes 17 de agosto: José de San Martín
  • Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
  • Viernes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional

A estos se suman los feriados con fines turísticos:

  • Lunes 23 de marzo
  • Viernes 10 de julio
  • Lunes 7 de diciembre

En ese marco, la coincidencia entre feriados nacionales, fechas religiosas y celebraciones locales configura, en casos puntuales, esquemas de descanso más amplios que los habituales.

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