Diputados avanza con penas más duras por siniestros viales

Diputados escuchó a organizaciones de víctimas por la ley vial

Reunión de Diputados con organizaciones de víctimas de siniestros viales

NewsITe

La Cámara de Diputados de la Nación realizó una reunión informativa en la que referentes de organizaciones de familiares de víctimas de siniestros viales respaldaron el proyecto que endurece las penas para quienes provocan muertes o lesiones graves al volante. La iniciativa, que ya cuenta con media sanción del Senado, será tratada en la comisión de Legislación Penal, presidida por la diputada Laura Rodríguez Machado (La Libertad Avanza), con la intención de firmar dictamen en las próximas semanas.

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Desde el inicio del encuentro, las exposiciones giraron en torno a un reclamo central: que los hechos de tránsito con víctimas dejen de ser considerados como sucesos inevitables y pasen a ser entendidos como delitos prevenibles, con responsabilidades claras y castigos proporcionales. Integrantes de Madres del Dolor, Fundación Estrellas Amarillas y el Observatorio de Víctimas del Congreso remarcaron la necesidad de actualizar el Código Penal para desalentar la conducción temeraria.

El reclamo de las familias de víctimas

Vivian Perrone, cofundadora de Madres del Dolor, subrayó que las muertes en rutas y calles “son hechos evitables” y que casi siempre las víctimas son los más vulnerables. Cuestionó que, con la normativa actual, la mayoría de los homicidios culposos en siniestros viales se castiguen con penas de tres años de prisión en suspenso, lo que en la práctica implica que los responsables no van a la cárcel.

Según detalló, cerca del 90% de los condenados reciben la pena mínima, lo que, a su entender, envía un mensaje de impunidad a quienes deciden manejar alcoholizados, drogados, usando el celular o a velocidades muy superiores a las permitidas. Perrone también explicó la dificultad que tienen las familias para lograr que se caratulen las causas como homicidio simple con dolo, figura que exige probar que el conductor se representó el riesgo de matar y aun así decidió seguir.

Historias, dolor y pedido de equidad

Otra de las voces fue la de Silvia González, referente de la Fundación Estrellas Amarillas, quien narró la muerte de su hijo de siete años en 2003, atropellado por un conductor que circulaba alcoholizado, bajo efectos de drogas y con un vehículo en condiciones irregulares. Pese a la cantidad de agravantes, el responsable recibió una condena de apenas tres años de prisión en suspenso.

González puso el foco en la desproporción del sistema penal al comparar esa pena con las sanciones de hasta ocho años de prisión —y hasta 14 si se daña un alambrado— que se aplican en su provincia por el robo de ganado. “¿Una vaca vale más que una vida humana?”, cuestionó, al reclamar mayor equidad y firmeza ante los delitos viales.

Un cambio de mirada: de “accidentes” a “siniestros”

María Luján Rey, titular del Observatorio de Víctimas del Congreso y ex diputada nacional, llamó a desterrar la expresión “accidentes viales” porque, según dijo, minimiza la responsabilidad y sugiere que se trata de hechos fortuitos. Propuso hablar de “siniestros” o “hechos viales” para remarcar que en la mayoría de los casos hay conductas imprudentes que pueden y deben evitarse.

  • Reclamo de las organizaciones por penas proporcionales al daño causado.
  • Cuestionamientos a la figura de homicidio culposo y a las condenas en suspenso.

Qué cambia con el proyecto de ley

El proyecto, aprobado por unanimidad en el Senado en septiembre de 2025 a partir de iniciativas de las senadoras Anabel Fernández Sagasti (Justicialista), María Victoria Huala (PRO) y Beatriz Ávila (Independencia), endurece el régimen penal para quienes provoquen muertes o lesiones graves por impericias e irresponsabilidades al conducir.

Entre los puntos centrales, la propuesta eleva la pena mínima de 3 a 4 años de prisión y la máxima de 6 a 8 años para los casos de lesiones graves o fallecimiento de la víctima. Además, prevé que, cuando concurran tres o más agravantes —como conducir alcoholizado, bajo efectos de medicamentos que afecten la aptitud para manejar, sin licencia habilitante, con exceso de velocidad superior al 30% de la permitida, utilizando celular o cruzando pasos ferroviarios sin autorización— la sanción pueda alcanzar hasta 12 años de prisión efectiva.

“Las muertes viales no son accidentes inevitables: son hechos que pueden prevenirse y que deben tener consecuencias”, fue el mensaje que se repitió en la sala de comisión.

La iniciativa incorpora también un criterio más estricto para la inhabilitación para conducir: el tiempo sin registro será, como mínimo, el doble de la duración de la condena. Con estos cambios, las organizaciones de víctimas aspiran a que la ley funcione como herramienta de prevención y como respuesta más justa para las familias que reclaman desde hace años un cambio profundo en materia de seguridad vial.

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