Condenan a 7 años a la ex Miss Orán por narcotráfico

Ex Miss Orán recibió 7 años de prisión por tráfico de drogas

La ex Miss Orán, Martina Oliva, durante una presentación pública

NewsITe

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a siete años de prisión a Martina Oliva, conocida públicamente como la ex Miss Orán, al hallarla culpable del delito de transporte de estupefacientes. La mujer fue considerada coautora del traslado de 15 kilos de marihuana desde la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán hacia la capital salteña, en un hecho ocurrido en febrero de 2025.

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Junto a Oliva también fue condenado su ex pareja, Joaquín Tolaba, sobre quien pesaba la misma acusación. Ambas personas fueron consideradas por el tribunal como coautoras del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, una figura prevista en la Ley de Drogas que contempla penas más severas cuando el hecho se comete en organización o con participación de varias personas.

El fallo fue dictado por las juezas María Alejandra Cataldi, Gabriela Elisa Catalano y Marta Liliana Snopek. Además de las penas de prisión, las magistradas ordenaron el decomiso de la camioneta Toyota Hilux utilizada para el traslado de la droga, vehículo que había sido interceptado durante el operativo en ruta llevado adelante por fuerzas de seguridad federales.

Si bien la fiscalía había solicitado 10 años de prisión efectiva para Tolaba y 8 años para Oliva, el tribunal impuso finalmente 7 años para la ex modelo. En el caso de ella, continuará cumpliendo la detención bajo la modalidad de arresto domiciliario hasta tanto la sentencia quede firme, una decisión que suele tomarse cuando aún restan instancias de apelación ante tribunales superiores.

Rechazo a la teoría del “amor” como eximente

Durante el debate oral, la defensa de Oliva intentó sostener que la ex Miss Orán habría actuado condicionada por el vínculo afectivo con Tolaba y que, en ese contexto, habría sido víctima de una relación desigual. Sin embargo, el fiscal general de la causa descartó esa postura y afirmó que ambos eran en realidad “socios del negocio” del narcotráfico, por lo que compartían la responsabilidad penal en los hechos investigados.

En sintonía con esa mirada, la jueza Cataldi, en el adelanto de fundamentos del fallo, remarcó que el tribunal no estaba juzgando sentimientos sino hechos concretos. “El amor es un sentimiento y aquí no estamos juzgando eso, aquí se juzgan hechos”, sostuvo la magistrada, al tiempo que cuestionó la utilización de argumentos que, según dijo, reproducen estereotipos patriarcales sobre el rol de la mujer.

  • El tribunal consideró que Oliva tuvo participación activa en el transporte de la droga.
  • La defensa alegó que actuó movida por el “amor”, pero el argumento fue desestimado.
  • La condena incluye el decomiso del vehículo utilizado en el hecho.

“Reducir el comportamiento de la mujer a un acto realizado por amor es propio de una sociedad patriarcal, machista y despreocupada, donde la mujer es dejada de lado. Este argumento es propio de una novela, pero desconoce el empoderamiento de la mujer que ha venido sucediendo durante los últimos años”, afirmó la jueza Cataldi.

Con esta sentencia, el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta vuelve a marcar postura frente a los intentos de justificar o atenuar la responsabilidad penal de mujeres imputadas en causas de narcotráfico mediante estereotipos de género. El fallo, que aún puede ser recurrido, se suma a otras resoluciones recientes en las que la Justicia federal salteña enfatiza la necesidad de analizar la participación de cada persona en las organizaciones de tráfico de drogas sin reproducir prejuicios ni relatos que minimicen su rol efectivo en los delitos investigados.

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