Actualizan la protección frente a abusos en contratos de consumo.

El Gobierno nacional dispuso una actualización del listado de cláusulas abusivas que las empresas tienen prohibido incluir en los contratos de consumo. La medida, oficializada a través de la Disposición 377/2026 publicada en el Boletín Oficial, apunta a reforzar la protección de los usuarios y adecuar la normativa a nuevas modalidades de contratación, especialmente en el comercio electrónico.
La resolución, elaborada por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, reemplaza un anexo que regía desde 2003. Según los considerandos, el cambio se fundamenta en el “tiempo transcurrido y la experiencia acumulada” en la aplicación de la normativa, así como en la necesidad de reflejar la jurisprudencia administrativa y judicial más reciente en materia de relaciones de consumo.
Entre las modificaciones centrales, se considera abusiva cualquier cláusula que otorgue al proveedor el derecho exclusivo de interpretar el significado, el alcance o el cumplimiento del contrato. Esto implica que las empresas ya no podrán reservarse, de manera unilateral, la última palabra sobre cómo deben entenderse las condiciones pactadas, una práctica que solía dejar al consumidor en una situación de desventaja.
Contratos que no se pueden cambiar de manera unilateral
La nueva disposición también refuerza la prohibición de cláusulas que permitan a la empresa modificar unilateralmente el contrato, ya sea en su contenido, precio, plazos o condiciones esenciales, salvo en los casos específicos que determine la autoridad de aplicación. Este punto cobra relevancia en servicios continuos como telefonía, internet, suscripciones digitales, servicios financieros o plataformas de streaming, donde los usuarios suelen enfrentar cambios intempestivos sin posibilidad de negociación.
En materia de acceso a la Justicia, la norma invalida aquellos términos que limiten el derecho del consumidor a iniciar acciones judiciales o a recurrir a otros mecanismos de reclamo. Quedan alcanzadas, por ejemplo, las cláusulas que obligan a litigar únicamente en una jurisdicción distinta del domicilio del consumidor al momento de contratar, o que impongan restricciones excesivas para ejercer reclamos administrativos o extrajudiciales.
Nuevas reglas para el comercio electrónico y las reseñas
Uno de los aspectos novedosos de la actualización es la incorporación de reglas específicas para el comercio electrónico y la libertad de expresión de los usuarios. Se consideran abusivas las cláusulas que sancionen o prohíban expresamente la realización de reseñas negativas sobre productos o servicios, una práctica que afecta a portales de ventas online, aplicaciones de servicios y plataformas de turismo, entre otras.
También se declara abusivo cualquier término que considere perfeccionado y aceptado el contrato por la mera navegación del usuario en la página web, sin una acción clara de consentimiento —como hacer clic en un botón de aceptación o completar un formulario—. De este modo, se busca dar mayor transparencia a las contrataciones digitales y evitar interpretaciones forzadas en perjuicio del consumidor.
Responsabilidad ante casos fortuitos y fuerza mayor
La disposición aclara, además, que resultan abusivas las cláusulas que intenten trasladar a los consumidores las consecuencias del caso fortuito o fuerza mayor. Es decir, situaciones extraordinarias o imprevisibles —como desastres naturales, conflictos graves o hechos ajenos a la voluntad de las partes— no pueden ser utilizadas por las empresas para desligarse por completo de sus responsabilidades o para cargar costos adicionales sobre los usuarios.
Con esta actualización, el Gobierno busca modernizar el marco regulatorio de defensa del consumidor, dotarlo de mayor claridad y adaptarlo a los desafíos que plantean las nuevas tecnologías y los cambios en los hábitos de consumo. La medida se inscribe en una tendencia regional e internacional que apunta a mayor transparencia contractual, equilibrio en las relaciones de consumo y garantía efectiva de derechos para los usuarios.

