En Mar del Plata, una compra “en pozo” fallida terminó con una condena millonaria contra una constructora

El Juzgado Civil y Comercial N°1 ordenó la devolución de 26.200 dólares más intereses y una indemnización superior a los $11 millones por daños y perjuicios, tras el incumplimiento en la entrega de un departamento adquirido en la ciudad.

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Foto del medio 0223

Una operación inmobiliaria frustrada derivó en una condena judicial millonaria en Mar del Plata. El Juzgado Civil y Comercial N°1 resolvió que una constructora deberá restituir dólares abonados y pagar una indemnización por daños, tras incumplir con la entrega de un departamento adquirido “en pozo”.

El fallo favoreció a J.E.F.F., quien había firmado un contrato en 2011 para la compra de una unidad de dos ambientes en la calle España al 2300. El inmueble nunca fue entregado, pese a que el comprador cumplió con el pago de gran parte de las cuotas pactadas. La sentencia incluyó la devolución del dinero abonado, más intereses, y una compensación económica por daño moral y daño punitivo, según informó el medio marplatense 0223.

La resolución judicial vuelve a poner en foco los conflictos derivados de operaciones inmobiliarias “en pozo” y la responsabilidad de las empresas constructoras frente a los consumidores.

Un contrato firmado en 2011 y una entrega que nunca se concretó

De acuerdo con lo expuesto en la causa, el 4 de abril de 2011 J.E.F.F. firmó un contrato con Jolimar Constructora S.A. para adquirir un departamento valuado en 50.000 dólares. El esquema de pago establecía un anticipo de 10.000 dólares al momento de la firma del boleto, 30.000 dólares en 24 cuotas consecutivas sin interés y los 10.000 restantes al momento de la entrega de la posesión.

El contrato preveía que el inmueble debía entregarse, libre de ocupantes e intrusos, en mayo de 2013. Sin embargo, esa obligación nunca se cumplió. El comprador abonó las cuotas hasta alcanzar la número 13 y, ante los primeros retrasos en la obra, aceptó inicialmente esperar una normalización de los plazos.

Según se expuso en el expediente, la empresa justificó las demoras en supuestas trabas administrativas vinculadas a la Municipalidad de General Pueyrredón. Frente a ese escenario, las partes acordaron suspender temporariamente el pago de las cuotas. No obstante, el avance de la obra nunca se reanudó en los términos prometidos.

Ante la falta de respuestas concretas, en noviembre de 2015 el comprador envió una carta documento comunicando la resolución del contrato e intimando a la empresa al reintegro de las sumas abonadas, con más intereses y una indemnización por los daños ocasionados por el incumplimiento, tal como detalló 0223 al acceder al fallo.

La Justicia encuadró el caso como relación de consumo y fijó la indemnización

Más allá de los argumentos esgrimidos por la empresa demandada, el Juzgado Civil y Comercial N°1 consideró que la relación entre las partes debía encuadrarse como una relación de consumo. El juez Heber Daniel Amalfi sostuvo que así lo indicaban tanto las características del vínculo contractual como la prueba incorporada al proceso.

En ese marco, el magistrado resolvió que la constructora deberá reintegrar los 26.200 dólares abonados por el actor en concepto de cuotas, con más los intereses correspondientes. Además, fijó una indemnización de siete millones de pesos por daño moral y una suma superior a los cuatro millones de pesos por daño punitivo, alcanzando un total que supera los 11 millones de pesos.

El fallo aclaró que todas las sumas objeto de condena devengarán intereses desde la configuración de la mora y hasta su efectivo pago. Asimismo, se estableció que el reintegro de los dólares podrá realizarse en esa moneda o en su equivalente en pesos, conforme a la cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente al momento del pago.

La sentencia, a la que tuvo acceso 0223, dispuso que la empresa cuenta con un plazo de diez días para cumplir con lo ordenado una vez que el fallo quede firme y consentido. El caso se suma a otros antecedentes judiciales que refuerzan la protección de los compradores frente a incumplimientos en desarrollos inmobiliarios.

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