Prohíben el ingreso al casino a un deudor de cuota alimentaria en Bariloche

NewsITe
Un hombre de San Carlos de Bariloche que registra una importante deuda en concepto de cuota alimentaria para sus hijos fue alcanzado por una medida judicial inédita: mientras no regularice lo que debe, no podrá ingresar al casino de la ciudad. La restricción fue dispuesta a partir de un planteo del Ministerio Público Fiscal de la Defensa, luego de que la madre de los menores presentara pruebas sobre las visitas frecuentes del progenitor a la sala de juegos.
Según se desprende del expediente, la mujer aportó registros que demostrarían que el acusado asistía de manera habitual al casino de Bariloche, pese a mantener una deuda alimentaria vigente. Esta situación motivó la intervención de la Defensa Pública de Derechos de Familia, que solicitó medidas específicas para desalentar el incumplimiento y priorizar el resguardo de los derechos de los niños involucrados.
Los representantes del organismo remarcaron que el objetivo central de la medida es “evitar que el incumplimiento persista y promover conductas que prioricen el cumplimiento de sus responsabilidades parentales”. La magistrada que intervino en el caso recordó que la cuestión alimentaria integra el núcleo de los derechos humanos básicos y que el ordenamiento jurídico argentino otorga una protección reforzada cuando se trata de niños, niñas y adolescentes, dada su especial situación de vulnerabilidad.
Fundamentos legales y alcance de la resolución
En la resolución se destacó que las prestaciones alimentarias forman parte directa de los deberes derivados de la responsabilidad parental. Su cumplimiento, se subrayó, es esencial para garantizar derechos fundamentales vinculados con el desarrollo integral de las personas menores de edad, entre ellos la alimentación, la salud, la educación y la vivienda.
La jueza recordó que el Código Civil y Comercial de la Nación, en su artículo 553, faculta a magistrados y magistradas a adoptar “medidas razonables” para asegurar la eficacia de las decisiones que fijan alimentos. Estas medidas, de carácter conminatorio, buscan que la persona obligada cumpla con lo resuelto, atendiendo a que se trata de obligaciones ligadas a la satisfacción de necesidades básicas y al derecho a la vida.
- Se constató que el hombre visitaba con frecuencia el casino local mientras mantenía una deuda alimentaria.
- La Justicia aplicó una restricción de acceso al establecimiento como forma de presión para el cumplimiento.
- La medida se enmarca en las facultades del artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación.
“La cuestión alimentaria es uno de los derechos humanos básicos y, tratándose de niños, niñas y adolescentes, el sistema jurídico reconoce un plus de protección debido a su vulnerabilidad”, recordó la magistrada al dictar la resolución.
La prohibición de ingreso al casino se mantendrá vigente hasta que el progenitor salde la totalidad de la deuda alimentaria acumulada. Fuentes judiciales no descartaron que, en caso de persistir el incumplimiento, puedan disponerse nuevas acciones para reforzar la exigibilidad de la obligación. La decisión se suma a un conjunto de medidas alternativas que vienen impulsando los tribunales para hacer efectivo el derecho a los alimentos y visibiliza, una vez más, la centralidad de la responsabilidad parental en la agenda judicial.

