La Corte Suprema ratificó una pena de ocho años de prisión

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena a ocho años de prisión contra Carlos Rubén Ledesma, conocido como “Cospel”, por el delito de abuso sexual continuado cometido contra una joven con leve discapacidad mental, en un contexto de extrema vulnerabilidad social. Los hechos ocurrieron durante varios años en un cortadero de ladrillos ubicado en las afueras de la ciudad de Córdoba.
El máximo tribunal rechazó, por inadmisible, el recurso extraordinario presentado por la defensa oficial de Ledesma, que había cuestionado la sentencia alegando violaciones al derecho de defensa, al debido proceso y a los principios de inocencia e in dubio pro reo. Con esta resolución, la Corte dejó firme el fallo dictado previamente por la Justicia Federal cordobesa.
De acuerdo con la investigación, entre 2013 y agosto de 2019, en un cortadero de ladrillos emplazado en la zona de camino Costa Canal 8, a unos ocho kilómetros de la capital provincial, Ledesma y otros imputados sometieron en forma reiterada a la víctima, identificada como S.D.V.P., mediante violencia física y psicológica y aprovechándose de sus limitaciones intelectuales y de su falta de contención familiar.
Los abusos se concretaban tanto en el lugar de trabajo como en una vivienda cercana, propiedad de Irma Magdalena Ponce. La pesquisa judicial determinó que en esa casa se organizaban “turnos” para que los hombres abusaran de la joven a cambio de dinero o alimentos. La mujer, además, ejercía sobre la víctima un fuerte control, la amenazaba, la humillaba y llegaba incluso a privarla de comida cuando se resistía a las agresiones.
Un caso atravesado por la vulnerabilidad y la violencia
La joven había llegado a esa vivienda tras separarse de su pareja y carecía de redes de apoyo. No tenía familia cercana, no había completado la escolaridad obligatoria, no sabía leer ni escribir ni manejar dinero, y dependía económicamente de las mismas personas que luego fueron acusadas. Ese contexto fue clave para dimensionar la situación de sometimiento prolongado que describió en su declaración.
Durante el juicio oral ante el Tribunal Oral Federal de Córdoba, la víctima relató que la “tenían como esclava” y que los abusadores se iban turnando, llegando “uno, después otro”. También contó que, cuando intentó denunciar lo que sufría ante la Policía, recibió advertencias de que su situación podría empeorar, lo que reforzó su sensación de indefensión.
En esa instancia fueron condenados Ledesma, otros dos hombres identificados como Sergio Daniel Carranza, alias “Gordo/Rengo”, y Carlos Gabriel Balicki, alias “Mono”, además de la propia Ponce, señalada como facilitadora de los abusos y beneficiaria de los pagos que realizaban los agresores. La sentencia fue luego revisada y confirmada por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que avaló la valoración de las pruebas y la calificación legal.
El rol de la Corte y la perspectiva de derechos
- La Corte Suprema, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo de la defensa y mantuvo la pena de ocho años impuesta a Ledesma.
- El caso pone en foco la necesidad de reforzar la protección de personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad frente a delitos sexuales y trata de personas.
La declaración de la víctima, su contexto de vida y los informes periciales resultaron centrales para acreditar los abusos reiterados y el aprovechamiento de su vulnerabilidad.
Con esta decisión, el máximo tribunal cierra la vía de revisión ordinaria para el principal condenado y consolida una línea jurisprudencial que reconoce la especial tutela que el Estado debe garantizar a personas con discapacidad, sin redes familiares y sometidas a relaciones de poder desiguales. El caso, además, reaviva el debate sobre la responsabilidad institucional en la recepción de denuncias de violencia sexual y la necesidad de mejorar los protocolos de atención y acompañamiento a las víctimas.

