Condenan a 20 años a dos mujeres por crimen en Guernica

Viudas negras condenadas por un brutal crimen en Guernica

Tribunales bonaerenses donde se dictó la condena

NewsITe

Dos mujeres fueron condenadas a 20 años de prisión por el homicidio de Matías Ariel Medina, un joven al que convocaron a través de redes sociales con la excusa de un encuentro personal y que terminó siendo víctima de un violento ataque en la localidad bonaerense de Guernica.

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 4 las encontró penalmente responsables del delito de homicidio en ocasión de robo agravado por la participación de menores de edad, en concurso real con robo doblemente agravado por el uso de arma y por haberse cometido en poblado y en banda. Las condenadas, identificadas como Rocío Luján Rajoy, de 32 años, y Micaela Anahí Giménez, de 29, actuaron con una “clara división de tareas”, según remarcaron los jueces.

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El hecho ocurrió el 26 de junio de 2016, cuando Medina fue citado mediante redes sociales y, al llegar al lugar pactado, interceptado por un grupo que lo atacó con un cuchillo para robarle sus pertenencias. La víctima fue abandonada en una zanja mientras aún estaba con vida. La autopsia determinó que murió a causa de un trauma craneoencefálico secundario a politraumatismos.

En el fallo, al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, el tribunal descartó la figura de homicidio “criminis causa”. Los magistrados entendieron que el objetivo principal de las agresoras era el robo y que la muerte se produjo durante el ataque, cuando el joven se resistió, configurando así un exceso violento dentro del mismo hecho delictivo.

Fundamentos del tribunal y calificación legal

En los fundamentos, los jueces subrayaron que la agresión letal “no puede ser interpretada como un acto instrumentalmente orientado a lograr el resultado delictivo o la impunidad, sino como un exceso violento acaecido en el marco del robo”. De ese modo, se descartó la intención inicial de matar para asegurar el botín o evitar la detención.

  • Calificación: homicidio en ocasión de robo agravado por la participación de menores.
  • Concurso real con robo doblemente agravado por uso de arma y por haberse cometido en poblado y en banda.
  • Participación funcional de ambas condenadas, con decisión común de cometer el ilícito.

El tribunal también destacó que Rajoy y Giménez actuaron desde una “concepción funcional de la autoría”, participando activamente en la planificación y ejecución del ataque, lo que justificó la imposición de idéntica pena para ambas.

“La agresión letal no puede ser interpretada como un acto instrumentalmente orientado a lograr el resultado delictivo o la impunidad, sino como un exceso violento acaecido en el marco del robo”, sostuvo el fallo.

La sentencia fue dictada por unanimidad y deberá quedar firme para que comience a correr el plazo de la condena. El caso vuelve a poner en debate el uso de redes sociales para atraer víctimas y la modalidad delictiva conocida como “viudas negras”, que combina engaño, sorpresa y extrema violencia.

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