Condenan a penitenciario por muerte de paciente en Santa Fe

Un agente del Servicio Penitenciario, condenado por homicidio culposo

Tribunales de Santa Fe y fuerzas de seguridad

NewsITe

Un agente del Servicio Penitenciario de Santa Fe fue condenado a tres años de prisión en suspenso por la muerte de un paciente psiquiátrico que se quitó la vida con su arma reglamentaria en el Hospital Mira y López, en la ciudad de Santa Fe. El fallo consideró que el efectivo actuó con grave imprudencia al dejar el arma al alcance del interno, configurándose el delito de homicidio culposo.

El condenado es César Daniel Zalazar, quien además fue inhabilitado por seis años para desempeñar funciones en el Servicio Penitenciario. La sentencia se dictó en el marco de un juicio oral y público desarrollado en los tribunales santafesinos, donde se debatieron las responsabilidades del agente en el trágico episodio ocurrido en septiembre de 2021.

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De acuerdo con la investigación, el hecho se produjo el 23 de septiembre de 2021 en el hospital psiquiátrico Mira y López. Zalazar debía custodiar a un paciente internado, pero en determinado momento se retiró de la habitación y dejó allí su mochila con el arma de fuego en su interior. El interno revisó las pertenencias del penitenciario, encontró la pistola y la utilizó para dispararse, provocándose la muerte en el acto.

El fiscal Ezequiel Hernández, quien llevó adelante la causa junto a su colega Matías Broggi, sostuvo durante el debate que el agente incumplió los reglamentos específicos de custodia del arma y los deberes propios de su función. Para la acusación, la decisión de dejar el arma fuera de su control, en un ámbito de alta vulnerabilidad como un hospital psiquiátrico, constituyó una conducta negligente determinante para el desenlace fatal.

Responsabilidades, antecedentes y criterios del fallo

Los representantes del Ministerio Público de la Acusación habían solicitado una pena de cuatro años de prisión, aunque el tribunal finalmente impuso tres. Pese a esa diferencia, Hernández se mostró conforme con el resultado del juicio, al remarcar que las condenas por delitos culposos en debates orales son poco frecuentes y requieren acreditar con precisión la cadena de responsabilidades.

Fuentes judiciales explican que, en este tipo de causas, los jueces analizan especialmente si el resultado pudo haberse evitado con un comportamiento diligente del funcionario. En este caso, se valoró que el arma reglamentaria nunca debió quedar sin supervisión directa en una habitación ocupada por un paciente psiquiátrico internado bajo custodia, lo que transformó un riesgo previsible en un hecho consumado.

  • El hecho ocurrió el 23 de septiembre de 2021 en el Hospital Mira y López.
  • El agente dejó su arma reglamentaria en una mochila dentro de la habitación del paciente.
  • El interno tomó el arma y se disparó, falleciendo en el lugar.
  • La Justicia consideró que hubo imprudencia y violación de deberes de custodia.

“Al abandonar la custodia del arma, actuó imprudentemente e incumplió los reglamentos y deberes a su cargo”, remarcó el fiscal Hernández al fundamentar la acusación por homicidio culposo.

La sentencia vuelve a poner en agenda los protocolos de seguridad en instituciones sanitarias y la necesidad de reforzar la formación y el control sobre el personal armado que cumple funciones de custodia en contextos de alta vulnerabilidad. El fallo, aunque no implica prisión efectiva, marca un antecedente relevante sobre las obligaciones de los agentes estatales frente a la protección de la vida y la integridad de las personas bajo su cuidado.

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