El Procurador de la Suprema Corte provincial apoyó los fundamentos de los recursos presentados por la Fiscalía de Casación Penal y el Particular Damnificado contra el sobreseimiento de Jeremías Ramírez por la muerte de Miguel Arroyo. El joven conducía la camioneta que en febrero de 2022 embistió el auto en el que viajaban Carmen Montes, quien murió en el acto, y Miguel Arroyo quien falleció en el hospital un mes después.

De la redacción de EL NORTE
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El Procurador General ante la Suprema Corte Provincial Julio Conte Grand avaló los fundamentos del recurso extraordinario de Inaplicabilidad de ley planteados por la fiscal de Casación Penal María Laura D´Gregorio y por el particular damnificado Sebastián Mazzolini. El requerimiento había sido presentado ante la Corte contra una decisión de la Sala IV del Tribunal de Casación Penal que había dictado el sobreseimiento de Jeremías Ramírez por considerar que la muerte de Miguel Arroyo no se había producido por causa del accidente. Ramírez conducía la camioneta Amarok que en febrero de 2022 embistió el Ford Fiesta en el que viajaban Carmen Montes, quien murió en el acto y Miguel Arroyo que falleció un mes después en el Hospital San Felipe sin recuperar nunca el conocimiento y donde fue ingresado inmediatamente tras el siniestro.
El Procurador consideró que el recurso debe prosperar porque en la decisión del Tribunal de Casación hay un arbitrario apartamiento de las constancias probatorias de la causa e inexistencia de la necesaria certeza negativa para sobreseer al imputado. Además, consideró que el sobreseimiento al que arribó el Tribunal con un análisis sesgado y parcializado de la evidencia impide que la totalidad de esa prueba sea producido en el ámbito legal destinado para ello que es el juicio oral.
Hace más de dos años que el Juez de Garantías Ricardo Prati ordenó la realización del juicio por la muerte de Carmen Montes y de Miguel Arroyo. El fiscal había considerado que contaba con prueba suficiente para imputarlo por doble homicidio culposo agravado por la velocidad del vehículo y por la muerte de dos personas. Desde entonces la causa por el múltiple choque fatal ocurrido en 2022 tuvo innumerables idas y vueltas, sufrió varios traspiés y aún continúa sin resolución.
El juicio por ambas muertes estaba próximo a realizarse cuando la defensa integrada por los letrados Vanesa Cavallaro y Fernando Lima, interpuso recursos de queja en Casación tras haber apelado con resultado negativo. Los planteos contradictorios estaban dirigidos contra resoluciones anteriores adversas a pedidos de nulidad, de sobreseimiento y contra la decisión de elevar a juicio la instrucción.
Posteriormente en una decisión calificada por la parte acusadora como “insólita” la Sala IV del Tribunal de Casación Penal, decidió sobreseer a Jeremías Ramírez por la muerte de Miguel Arroyo por considerar que el fatal desenlace no se había producido por causa del siniestro. El tribunal entendió en esa oportunidad que, si bien Arroyo nunca recuperó la conciencia ni logró salir de terapia intensiva, el traumatismo de cráneo que padeció no fue la causa de su muerte. Por lo tanto, además de hacer lugar a los recursos planteados por la defensa los magistrados avanzaron con el sobreseimiento.
Ante esta última resolución la fiscalía junto al Particular damnificado recurrió ante la Corte bonaerense. Este recurso, ahora también con el apoyo de la Procuración se encuentra pendiente de decisión.
Los hechos
La tragedia ocurrió durante la madrugada del 5 de febrero de 2022 en la intersección de las calles Terrasson y Savio. Jeremías Ramírez, de 20 años, chocó su camioneta Amarok contra el Ford Fiesta en el que viajaban las víctimas fatales para luego dar contra otros dos vehículos cuyos ocupantes recibieron distintas lesiones. Carmen Montes, de 40 años, murió de manera instantánea mientras que Miguel Arroyo, de 39 años, luchó por su vida casi un mes hasta que finalmente se produjo su deceso en los primeros días de marzo.
Conforme a la acusación Jeremías Ramírez de 20 años conducía a excesiva velocidad (más de 112 K/h), cuando chocó su camioneta contra otros 3 automóviles. Como consecuencia del impacto Carmen Montes murió en el acto y 5 personas resultaron heridas de diferente consideración, entre ellas Miguel Arroyo de 39 años quien falleció tras permanecer inconsciente un mes en terapia intensiva adonde había ingresado tras el accidente, el deceso había provocado el primer cambio de carátula por la de “Doble homicidio culposo agravado”.
En caso de que la Corte provincial no confirme el sobreseimiento y ordene la realización del juicio por ambas muertes la pena en expectativa va desde los tres años de mínima a los 25 años de máxima porque los familiares de Miguel Arroyo constituidos en Particular Damnificado a través de su abogado mantienen una acusación por dolo eventual, que tiene la misma pena que el dolo directo, de 8 a 25. La condena que recaiga sería de cumplimiento efectivo si fuese superior a los tres años.
La familia de las victimas teme que las innumerables demoras en la realización del debate lleven a la prescripción de la causa por el paso del tiempo y se vea frustrada la obtención de justicia.

