El Gobierno eliminó temporalmente las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y derivados

La medida regirá hasta fin de año y será aplicable a los envíos a países que cuentan con aranceles igual o superior al 45%.

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El Gobierno nacional dispuso la eliminación temporal de las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y productos derivados. La medida quedó oficializada este miércoles mediante el Decreto 726/2025, publicado en el Boletín Oficial.

En concreto, la norma estableció una alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) del 0% para diversos productos vinculados al sector industrial del acero y el aluminio. Dicha disposición regirá siempre que se exporten hacia países que, al momento de entrar en vigencia la medida, apliquen un arancel de importación ‘ad valorem’ igual o superior al 45%.

Por otra parte, el beneficio se aplicará a las exportaciones realizadas entre el 9 de octubre y el 31 de diciembre de 2025 inclusive, o bien hasta que se produzca una reducción arancelaria en esos mercados por debajo del 45%, según ocurra primero.

Objetivos y fundamentos de la medida

Al justificar la decisión, el Poder Ejecutivo explicó que “la presente medida busca fortalecer la capacidad exportadora y dotar de una mayor competitividad a uno de los sectores productivos del país, alineando las políticas con los principios de la libertad y una mayor apertura del comercio que impulsen el crecimiento de las cadenas de valor industriales”.

En este sentido, subrayó que “la República Argentina cuenta con capacidades productivas relevantes en los sectores de aluminio y acero, los cuales revisten carácter estratégico en la estructura industrial del país, generando volumen de exportaciones, empleo y valor agregado”.

A su vez, en su análisis del contexto internacional, el Gobierno de Javier Milei advirtió que “en los últimos años se han verificado prácticas de diversos países que, mediante la aplicación de aranceles de importación ‘ad valorem’ de magnitud significativa, tienden a restringir el acceso de los productos de aluminio y acero al comercio internacional”.

De este modo, sostuvo que dichas políticas configuran “una forma de proteccionismo que afecta de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas”.

Frente a este escenario, el Ejecutivo consideró “necesario adoptar medidas orientadas a mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino como consecuencia de la adopción de las mencionadas medidas de protección al mercado interno de dichos productos efectuada por otros países”.

En definitiva, el Gobierno busca reforzar la competitividad de dos sectores industriales clave para el país, mientras intenta adaptarse a un contexto internacional marcado por políticas arancelarias cada vez más restrictivas.

Productos sin retenciones temporalmente

72.08: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.

72.09: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.

72.10: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.

72.11: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.

72.12: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.

72.24: los demás aceros aleados en lingotes o demás formas primarias; productos intermedios de los demás aceros aleados.

72.25: laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm.

72.26: laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm.

73.04: tubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura)*, de hierro o acero.

76.01: aluminio en bruto.

76.04: barras y perfiles, de aluminio.

76.05: alambre de aluminio.

76.06: chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm.

76.07: hojas y tiras, delgadas, de aluminio (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares), de espesor inferior o igual a 0,2 mm (sin incluir el soporte).

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