La Cámara Federal de La Plata dejó sin efecto una cautelar del Gobierno nacional y ratificó la potestad de la Provincia sobre los impuestos Automotor y de Sellos.

La Cámara Federal de La Plata falló a favor de la provincia de Buenos Aires y dejó sin efecto la cautelar que había suspendido una resolución de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA). La medida ratifica que los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) deben actuar como agentes de recaudación de los impuestos Automotor y de Sellos.
La decisión fue adoptada por la Sala I de la Cámara, que revirtió el fallo del juez Alberto Recondo. El magistrado había habilitado una medida cautelar solicitada por el Gobierno de Javier Milei para suspender la Resolución Normativa 26/2024 de ARBA. Esa norma obligaba a los encargados de Registros Seccionales a retener y percibir impuestos en las operaciones relacionadas con los automotores.
En su resolución, la Cámara destacó que esta práctica se mantiene desde hace 34 años sin afectar la actividad registral. Además, advirtió que suspenderla provocaría un grave perjuicio al erario bonaerense sin generar daño al Estado nacional. El tribunal recordó que los actos administrativos tienen presunción de validez y que las cautelares contra ellos exigen un estricto cumplimiento de requisitos, que en este caso no se verificaron.
Con este fallo, los Registros Seccionales deberán continuar con las tareas habituales de percepción y retención de impuestos, conforme lo establece el Código Fiscal bonaerense y la normativa vigente en la materia.
La estrategia del Gobierno nacional
El Ministerio de Justicia, en el marco de reformas para agilizar trámites en el sector, había señalado que era necesario simplificar las gestiones de los usuarios en los Registros Seccionales. Por eso sostuvo que sus funciones deben ser exclusivamente registrales.
En ese sentido, Nación denunció todos los convenios vigentes de Complementación de Servicios con municipios y provincias, entre ellos los de Buenos Aires, que permitían a los Registros Seccionales percibir impuestos y tasas relativos a la radicación de los automotores, incluido el Impuesto de Sellos sobre operaciones de compraventa.
El Gobierno nacional argumentó que la norma provincial vulnera el orden constitucional federal y, con la implementación del Registro Único Virtual (RUV), obliga a los encargados de Registros a ejercer una función de recaudación ajena a sus tareas específicas. Según expresó en la presentación judicial, esa situación “proyecta incertidumbre sobre el alcance y efectos de su intervención y, sobre todo, con relación a la magnitud de su responsabilidad frente a la inscripción que realizan, lo que desalienta su actividad al tornarla tributariamente más riesgosa”.

