Los nuevos haberes incluyen ajustes mensuales, sumas fijas y un ingreso mínimo de referencia para el mes actual. Los haberes mensuales para un trabajador ingresante, calculados sobre una jornada legal de 200 horas al mes, ascendieron así a $ 733.700 brutos, sin considerar adicionales, horas extras ni las sumas fijas no remunerativas.

De la redacción de EL NORTE
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La Unión Obrera Metalúrgica (UOM) firmó un acuerdo salarial con las cámaras empresariales del sector que fijó los montos para los sueldos de agosto de 2025. El convenio, que esta semana obtuvo la homologación oficial, estableció incrementos remunerativos escalonados y la continuidad del pago de sumas no remunerativas, además de un valor de referencia para el ingreso mínimo.
Se trató de una actualización que rigió por el trimestre abril-agosto de 2025 y que definió una estructura de aumentos consecutivos y bonificaciones extraordinarias, con impacto tanto en los haberes básicos como en el monto bruto mensual recibido por los trabajadores. Los aumentos remunerativos mensuales (sobre el básico) son:
- Abril: 3,3 %
- Mayo: 1,2 %
- Junio: 1,1 %
- Julio: 1,0 %
- Agosto: 1,0 %
En conjunto, los aumentos acumulados en carácter remunerativo alcanzaron el 7,6 % en el período. Además, se establecieron los siguientes bonos no remunerativos mensuales: - Abril: $ 30.000
- Mayo: $ 25.000
- Junio: $ 25.000
- Julio: $ 25.000
- Agosto: $ 25.000
La combinación de aumentos remunerativos y sumas fijas no remunerativas generó un ajuste acumulado del 11,2 % total entre abril y agosto. La estructura salarial impactó directamente en todas las categorías comprendidas por el convenio colectivo de trabajo 260/75.
Así, el Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR) para agosto de 2025 alcanzó los $ 909.114.
Ese monto funcionó como parámetro para evitar remuneraciones por debajo del mínimo y se actualizó mensualmente de forma proporcional al esquema de aumentos vigente.
Dentro del esquema de escalas, el salario básico para la categoría de operario ingresante —rama 17, correspondiente a la actividad metalmecánica— se fijó en $ 3.668,50 por hora para agosto. Ese valor surgió de la progresión establecida desde abril, mes en que el valor hora para la misma categoría era de $ 3.514,91.
Los haberes mensuales para un trabajador ingresante, calculados sobre una jornada legal de 200 horas al mes, ascendieron así a $ 733.700 brutos, sin considerar adicionales, horas extras ni las sumas fijas no remunerativas.
Monitoreo sectorial
La estructura salarial resultante para agosto contempló los elementos básicos de la negociación colectiva, con actualización progresiva y monitoreo sectorial. Los montos definidos funcionaron como base de referencia para futuras negociaciones y también como piso para eventuales reclamos por diferencias salariales.
La UOM difundió internamente los cuadros con las escalas actualizadas y recomendó a sus seccionales verificar que los valores aplicados en cada empresa coincidieran con lo establecido en el acuerdo. Asimismo, solicitó a los trabajadores revisar sus recibos de sueldo para detectar posibles errores u omisiones.
En términos operativos, las empresas comenzaron a liquidar los sueldos de agosto con los nuevos valores desde la primera semana del mes. Las sumas fijas se abonaron en fechas acordadas con cada representación local, sin interferencias en los plazos del salario habitual.

