En junio de 2023 la justicia ordenó el enjuiciamiento de Jeremías Ramírez. El joven conducía la camioneta que en febrero de 2022 embistió a un Ford Fiesta y en el arrastre choco a otros dos autos. Carmen Montes murió en el acto y cinco personas resultaron heridas, entre ellas Miguel Arroyo quien falleció un mes después. A dos años del mandato, el debate sigue sin realizarse.

De la redacción de EL NORTE
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Esta semana se cumplen dos años desde que el Juez de Garantías Ricardo Prati ordenara la realización del juicio para establecer la responsabilidad de Jeremías Ramírez en la muerte de Carmen Montes y de Miguel Arroyo. El fiscal había considerado que contaba con prueba suficiente para imputar a Jeremías Ramírez por doble homicidio culposo agravado por la velocidad del vehículo y por la muerte de dos personas. Desde entonces la causa por el múltiple choque fatal ocurrido en febrero de 2022 tuvo innumerables idas y vueltas, sufrió varios traspiés y aún continúa sin resolución.
El juicio por ambas muertes estaba próximo a realizarse. Se había ordenado ya la audiencia preparatoria cuando la defensa integrada por los letrados Vanesa Cavallaro y Fernando Lima, interpuso dos recursos de queja en Casación tras haber apelado con resultado negativo. Los planteos contradictorios estaban dirigidos contra resoluciones anteriores adversas a pedidos de nulidad, de sobreseimiento y contra la decisión de elevar a juicio la instrucción. El otro cuestionamiento presentado era respecto del rechazo de pedido de recusación formulado por la defensa contra el fiscal de la instrucción, Martín Mariezcurrena. En este caso Casación confirmó la decisión de primera instancia, no encontró motivos valederos y decidió no apartarlo de la causa.
Posteriormente en una decisión calificada por la parte acusadora como “insólita” la Sala IV del Tribunal de Casación Penal, decidió sobreseer a Jeremías Ramírez por la muerte de Miguel Arroyo por considerar que el fatal desenlace no se había producido por causa del siniestro. El tribunal entendió en esa oportunidad que, si bien Arroyo nunca recuperó la conciencia ni logró salir de terapia intensiva, el traumatismo de cráneo que padeció no fue la causa de su muerte. Por lo tanto, además de hacer lugar a los recursos planteados por la defensa los magistrados avanzaron con el sobreseimiento.
Ante esta última resolución la fiscalía junto al Particular damnificado recurrió ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires para que decida específicamente si el Tribunal de Casación tenía facultades para avanzar con el sobreseimiento por la muerte de Miguel Arroyo y si había sido dictada en base a justicia.
De todas formas, aun ante una decisión adversa, sigue pendiente el juicio por el homicidio de Carmen Montes. El Juzgado Correccional N°1 a cargo del magistrado Sebastián Zubiri rechazó el pedido para juzgar a Jeremías Ramírez por la muerte de Carmen Montes y por las lesiones de otras tres personas hasta tanto la Corte resuelva la apelación por el sobreseimiento dictado acerca del homicidio culposo de Miguel Arroyo ocurrido en el mismo siniestro. Esta última decisión también fue recurrida ante la Cámara de Casación quien días atrás rechazó el planteo considerando que al impulso penal lo tenía el fiscal quien no acompañó la pretensión.
Los hechos
La tragedia ocurrió durante la madrugada del 5 de febrero de 2022 en la intersección de las calles Terrasson y Savio. Jeremías Ramírez, de 20 años, chocó su camioneta Amarok contra el Ford Fiesta en el que viajaban las víctimas fatales para luego dar contra otros dos vehículos cuyos ocupantes recibieron distintas lesiones. Carmen Montes, de 40 años, murió de manera instantánea mientras que Miguel Arroyo, de 39 años, luchó por su vida casi un mes hasta que finalmente se produjo su deceso en los primeros días de marzo.
Conforme a la acusación Jeremías Ramírez de 20 años conducía a excesiva velocidad (más de 112 K/h), cuando chocó su camioneta contra otros 3 automoviles. Como consecuencia del impacto Carmen Montes murió en el acto y 5 personas resultaron heridas de diferente consideración, entre ellas Miguel Arroyo de 39 años quien falleció tras permanecer inconsciente un mes en terapia intensiva adonde había ingresado tras el accidente, el deceso había provocado el primer cambio de carátula por la de “Doble homicidio culposo agravado”.
En caso de que la Corte provincial no confirme el sobreseimiento y ordene la realización del juicio por ambas muertes la pena en expectativa va desde los tres años de mínima a los 25 años de máxima porque los familiares de Miguel Arroyo constituidos en Particular Damnificado a través de su abogado mantienen una acusación por dolo eventual, que tiene la misma pena que el dolo directo, de 8 a 25. La condena que recaiga sería de cumplimiento efectivo si fuese superior a los tres años.
La familia de las victimas teme que las innumerables demoras en la realización del debate lleven a la prescripción de la causa por el paso del tiempo y se vea frustrada la obtención de justicia.

