Cerraron la investigación del caso Loan y se aproxima el juicio contra los acusados

A casi un año de la desaparición de Loan Peña, la Justicia Federal concluyó la instrucción y el juicio podría comenzar a fin de año o en febrero de 2026.

La Justicia Federal de Goya dio por concluida la investigación principal por la desaparición de Loan Danilo Peña y activó el procedimiento para elevar la causa a juicio oral. El niño, de cinco años, fue visto por última vez en junio de 2023 en la localidad de 9 de Julio, Corrientes.

Los fiscales Enrique Mariano De Guzmán, Marcelo Colombo y Alejandra Mangano solicitaron a la jueza Cristina Elizabeth Pozzer Penzo la clausura de la instrucción. “Los fiscales también pidieron a la jueza que redoble los esfuerzos para encontrar a Loan”, indicó el diario “Clarín”.

Siete procesados por sustracción de menores

Por el secuestro están procesados como coautores “Laudelina Peña, su esposo Bernardino Antonio Benítez; Mónica del Carmen Millapi y su pareja Daniel ‘Fierrito’ Ramírez; la funcionaria María Victoria Caillava y su marido, el marino retirado Carlos Pérez, además del por entonces comisario de 9 de Julio, Walter Adrián Maciel”.

Los defensores tienen seis días para oponerse al cierre de la investigación, lo que podría demorar el inicio del juicio unas dos semanas más. El expediente será remitido al Tribunal Oral Federal de Corrientes.

Un juicio unificado con más implicados

“El juicio que se avecina” podría comenzar a fines de este año o después de la feria judicial de verano, en febrero de 2026. El tribunal que estará a cargo —integrado por los jueces Víctor Alonso González, Juan Manuel Iglesias y Fermín Amado Ceroleni— planea juzgar “a los siete acusados de la sustracción y a otras diez personas acusadas de desviar la investigación en un mismo proceso judicial”.

Para los magistrados, “existió una comunidad de actuación entre los imputados en la comisión del delito de sustracción de un menor de diez años, lo que justifica su consideración como coautores, y, en el caso de Maciel, su responsabilidad en carácter de cómplice primario, atendiendo a la calidad y el momento de su aporte”.

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