La nueva definición establece que se clasificará como caso confirmado toda persona que reúna al menos uno de los criterios epidemiológicos y uno de los criterios clínicos establecidos.
Así, toda persona que haya tenido contacto estrecho con un caso confirmado en los últimos 10 días; o que haya participado de un evento o espacio social/laboral en el cual se haya producido al menos 3 casos confirmados (brote); o que resida en una zona con muy alta incidencia (superior a 500 casos cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días) y que presente dos o más síntomas (fiebre, tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, vómitos/diarrea/dolor de cabeza/dolor muscular) o pérdida repentina del gusto/olfato, se considerará caso confirmado de esta enfermedad.
Las decisiones se tomaron después del Consejo Federal de Salud (COFESA), celebrado esta tarde.