Un hombre de ascendencia asiática está prófugo desde que la justicia ordenara su captura cuatro meses atrás. Había sido condenado a 8 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante agravado. El debate se realizó en el TOC 2 a principios de diciembre luego de que la jueza María Elena Baquedano recaratulara la causa y rechazara un acuerdo de juicio abreviado que proponía una pena de 3 años.

De la redacción de EL NORTE
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Jonathan Somephikhay Norasing de 29 años, nacido en San Nicolás, pero de ascendencia asiática, se encuentra en calidad de prófugo desde que la justicia ordenara su detención a fines del año pasado. Pesa sobre él una orden de captura internacional tras ser condenado a 8 años de prisión de cumplimiento efectivo. El juicio en su contra se realizó en los primeros días de diciembre. Fue hallado culpable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado en perjuicio de una menor de corta edad. La defensa del acusado recurrió la condena ante la Cámara de Casación, pero, al fugarse, la fiscalía de ese estamento judicial pidió que la sentencia quede firme.
El sujeto llegó al juicio en libertad y tras el pedido efectuado por el particular damnificado y convalidado por la fiscalía el juez ordenó su detención. Cuando las fuerzas policiales llegaron a su domicilio para apresarlo ya no pudieron encontrarlo. Se encuentra en calidad de prófugo con pedido de captura internacional. Desde la familia de la víctima a través de su representante el abogado Agustín Tanús pidieron un informe a migraciones para asegurarse de que Somephikhay Norasing no haya salido del país previo a que se emitiera la orden de captura.
Los hechos habían comenzado a debatirse el 2 de diciembre pasado en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº2 ante el Juez Anselmo González luego de que la magistrada María Elena Baquedano, en una decisión poco frecuente, rechazara un acuerdo de juicio abreviado y recaratulara la causa cuya figura inicial era por abuso sexual simple agravado por la convivencia. Fiscalía y defensa habían acordado un trámite abreviado y una pena de 3 años de ejecución condicional. Ante la oposición del particular damnificado, la jueza recalificó el hecho y rechazó el acuerdo tras lo cual se inhibió de seguir actuando y se designó en su lugar al magistrado González.
Los hechos juzgados en debate oral, ocurrieron entre los años 2017 y 2022. La causa se inició tras la denuncia presentada por la madre de la víctima y daba cuenta de los abusos sexuales reiterados, extendidos en el tiempo, padecidos por su hija desde los 10 hasta los 15 años, momento en que la menor logró romper el silencio.
La UFI Nº2 a cargo de la fiscal Franca Padulo le imputó al acusado el delito de abuso sexual simple agravado por la convivencia con un menor de 18 años cuya pena en expectativa oscila entre 3 y 10 años de prisión por lo que en principios era excarcelable. El abogado Agustín Tanús representante del particular damnificado había cuestionado ante la Fiscalía y el Juzgado de Garantías la acusación pidiendo que la causa sea recaratulada como Abuso sexual gravemente ultrajante agravado, cuestionamiento que en principios había sido rechazado.

