Las operaciones deberán ser gestionadas mediante la Dirección General de Aduanas (DGA).
El Gobierno habilitó a proyectos que hayan solicitado adherirse al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) a importar bienes con beneficios aduaneros. La medida aplica incluso si las solicitudes aún no están aprobadas oficialmente, según se determinó en la Resolución 1358/2024 publicada en el Boletín Oficial el día de hoy.
La normativa establece que las operaciones deberán gestionarse a través de la Dirección General de Aduanas (DGA). Según el texto oficial, esta disposición responde a razones operativas para adecuar los procedimientos del régimen.
El documento especifica que las importaciones permitidas incluyen bienes de capital nuevos, repuestos, partes y componentes destinados a proyectos de inversión. Estas podrán realizarse desde la solicitud de adhesión al RIGI hasta la resolución administrativa que apruebe o rechace el trámite.
Las operaciones deberán realizarse usando la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) correspondiente. Además, los importadores disfrutarán de beneficios aduaneros previstos en el artículo 190 de la Ley 27.742, como la exención de IVA y otros tributos.
La aprobación de estos beneficios queda sujeta a que los interesados constituyan previamente una garantía. En caso de rechazo de la solicitud, la garantía será ejecutada por las autoridades.
El Gobierno también estableció controles para monitorear el cumplimiento del Plan de Inversión de cada proyecto. Los adherentes al RIGI deberán presentar mensualmente una declaración jurada con el cronograma de inversiones realizadas y proyectadas.
La normativa busca agilizar las inversiones estratégicas y garantizar la transparencia en la ejecución de los proyectos bajo este régimen.