El Gobierno reglamentó el capítulo de energía de la Ley Bases, buscando reducir la intervención estatal y fomentar la competencia en el sector de hidrocarburos. La normativa flexibiliza la exploración y exportación de petróleo y gas, promoviendo la inversión y el crecimiento económico.
El Gobierno reglamentó el capítulo de energía de la Ley Bases, introduciendo cambios en la Ley de Hidrocarburos para reducir la intervención estatal y priorizar la libertad de mercado.
El Decreto 1057/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial, aprueba la reglamentación de varios artículos de la Ley Nº 27.742, modificando la Ley de Hidrocarburos y la Ley de Gas Natural.
Esta normativa flexibiliza la exploración, explotación y exportación de petróleo y gas, promoviendo la inversión y mejorando la competencia en el sector energético del país.
Las reformas tienen un impacto directo en la seguridad jurídica para los inversores y en la reducción de la discrecionalidad estatal, facilitando la creación de empleos y aumentando las exportaciones.
La Secretaría de Energía destacó que, con la reglamentación, habrá más libertad para el mercado de hidrocarburos, priorizando la competencia e incentivando el crecimiento económico.
Según la Secretaría, el objetivo es avanzar hacia un sistema energético en el que el Estado actúe como facilitador, promoviendo la eficiencia e innovación en el sector.
Anteriormente existía un sistema muy regulado con fuerte presencia estatal y desincentivos para la exportación y la inversión en el sector energético del país.
Ahora, la libertad de mercado y la competencia permitirán precios energéticos transparentes y alineados con los valores internacionales, generando certidumbre para los inversores.
También se garantiza la libertad en el comercio exterior, promoviendo la exportación de hidrocarburos y derivados, abriendo el mercado argentino al mundo.
Por último, se asegura que las exportaciones no objetadas por la Secretaría no podrán ser interrumpidas, proporcionando estabilidad y previsibilidad, especialmente en GNL.