30.3 C
San Nicolás de los Arroyos
miércoles, octubre 30, 2024
Edición Diaria
Edición N°

Presentan en Diputados proyectos contra el hostigamiento digital y la suplantación de identidad

La diputada nacional de Unión por la Patria Mónica Macha encabezó la presentación de las iniciativas que buscan dar respuesta a dos tipos de delitos digitales que crecieron aceleradamente desde la pandemia de coronavirus.

Presentan en Diputados proyectos contra el hostigamiento digital y la suplantación de identidad

La diputada nacional de Unión por la Patria Mónica Macha presentó un proyecto de la ley contra el hostigamiento digital y otra iniciativa para dar respuesta a la suplantación de identidad, dos delitos que crecieron aceleradamente desde la pandemia de coronavirus.

Se trata de leyes complementarias a la “ley Olimpia”, que reconoció la violencia digital de género pero no creó tipos penales para una sanción efectiva y ejemplificadora.

En el caso de la ley contra el hostigamiento digital, se propone ampliar los alcances del proyecto de “ley Belén” que la propia Macha había presentado y que sancionaba la difusión de material íntimo sin consentimiento con fines de extorsión.

Este nuevo proyecto incluye la llamada “sextorsión” pero no se limita a ese fenómeno, dado que busca dar respuesta a toda la gama de modalidades de acoso que reciben mujeres en entornos digitales.

Esto incluye persecuciones, intimidaciones, acecho, “stalking” o vigilancia digital y “doxxing”, que implica la difusión no consentida de datos personales, sean o no de naturaleza íntima o sexual.

La iniciativa establece pena de prisión de seis meses a dos años o con multa equivalente entre 6 y 25 salarios mínimos para que mediante utilización de medios digitales “hostigue, acose, persiga, intimide, vigile y/o aceche a una persona”; “haga accesible al público los datos personales de una persona sin su consentimiento”; y para quien “establezca o intente establecer contacto con una persona, sin su consentimiento o por medio de terceras personas”

Las penas de duplican (prisión de uno a cuatro años y multas equivalente a entre 12 y 50 salarios mínimos “cuando la acción sea realizada por dos o más personas”; “si se realizare de forma sostenida en el tiempo” alterando el proyecto de vida de la víctima; “si la victima fuera menor de 18 años”; si el hecho lo cometiere la pareja o cónyuge; si el hecho se cometiere por odio racial, religioso u orientación sexual; “si el hecho se cometiere contra una mujer mediando violencia de género”; o si “el hecho fuere cometido por una persona que haya abusado de suposición de confianza o autoridad”.

En los fundamentos, Macha analizó que el hostigamiento digital es una modalidad de violencia que “la mayoría de las mujeres ha atravesado y no solo puede ser perpetrado por un vínculo sexoafectivo o un ex vínculo sexo afectivo, sino que también puede ser ejercido por cualquier usuario” digital.

Además, advirtió que “el mundo virtual es una extensión del mundo analógico, y por lo tanto “es un lugar donde se reproducen las mismas prácticas sexistas y misóginas”.

De acuerdo a una encuesta del 2021 sobre ciberacoso, “el 84% de las mujeres sufrieron hostigamiento digital”, en tanto que el 72% de las encuestadas sufrió o conoce a alguien que recibió mensajes, emojis, memes con contenido sexual sin consentimiento”.

A su vez, “el 48% fue presionada a enviar una foto intima incluso después de decir que no, o conoce a alguien que le sucedió”, mientras que “el 43% sufrió que la pareja le revise las cuentas de mail o redes sociales o conoce a alguien que le sucedió”.

Por último, de la encuesta se deprende que “8 de cada 10 mujeres se sintió incomoda con las situaciones de control de su actividad virtual por parte de sus parejas”.

Durante la actividad en la Cámara de Diputados, Macha también presentó el proyecto de ley contra la suplantación de identidad.

Ésta se define como “la acción de quienes se hacen pasar por otra persona, creando un perfil falso en las redes sociales o la web, o utilizando la imagen o los datos personales de otra persona para crearse una identidad digital, con la finalidad de causar un perjuicio a terceros o de cometer un ilícito”.

La primera finalidad de estas prácticas de suplantación tiene que ver con estafas cibernéticas o fraudes financieros a través de la creación de perfiles falsos de marcas o empresas para defraudar a los clientes.

Una práctica habitual es la que desarrollan portales “truchos” que utilizando falsadamente la identidad de marcas o compañías se apropian de los datos de tarjetas de crédito o débito de personas para incurrir en estafas.

También se ponen en práctica maniobras fraudulentas para obtener datos personales de usuarios y luego utilizar esa información mediante una ingeniería social para estafar a terceros.

La segunda finalidad consiste en extorsionar a personas conocidas mediante suplantación de identidad, ya sea para “difamar o instigar abusos sexuales, difundir sus datos personales, material íntimo, sexual o de desnudez, para realizar acosos digitales, extorsiones”, etcétera.

Este proyecto propone penas de prisión de seis meses a dos años o multa de 600.000 a 4 millones de pesos a la persona que “creare una identidad digital de otra persona utilizando los datos filiatorios y/o imagen, seudónimo, nombre de usuario y/o cualquier otra característica de una persona humana o jurídica sin su consentimiento”.

También para quien suplantare, se apodere o utilice los datos de esa persona humana o jurídica mediante tecnologías de información, internet o medios de comunicación.

Bajo una serie de supuestos agravantes, las sanciones se duplican, previéndose penas de prisión de uno a cuatro años.

Esto aplicaría si el delito “se realizare de forma sostenida en el tiempo” alterando el proyecto de vida de la víctima; si ésta ”fuera menor de 18 años”; si el hecho lo cometiere la pareja o cónyuge; si se cometiere por odio racial, religioso u orientación sexual; si el delito “se cometiere contra una mujer mediando violencia de género; y si el hecho fuere cometido para realizar una oferta de servicios sexuales”.

Durante la presentación de las iniciativas de ley estuvo presente la activista mexicana Olimpia Coral Melo, impulsora de proyectos sobre violencia digital en la región y quien le dio nombre a la ley que hoy en Argentina incorpora la violencia digital como una de las modalidades de la violencia por motivos de género a la ley 26.485.

También estuvo presente María Laura Sánchez, madre de Ema Bondaruk, la chica de 15 años que se suicidó después de que se viralizara un video sexual suyo.

“Es imprescindible que el Estado se haga cargo de la violencia digital aunque sepamos que hoy el Estado está en manos de un gobierno que niega la violencia de género. Pero esta legislación va a sobrevivir al gobierno actual y marca una agenda política. Esto es el feminismo, la construcción de una nueva humanidad, de un cambio cultural”, expresó Macha.

Por su parte, Olimpia Coral Melo manifestó: “No sólo somos víctimas y sobrevivientes somos quienes hicieron una ley. Hay que hablar desde la raíz del problema y somos las niñas y las mujeres las más afectadas por la violencia digital sexual. Hoy vivimos una cultura de la hipersexualización. Y vamos a hacer el protocolo Ema para que nunca más una escuela no sepa qué hacer frente a la violencia digital”.

- Publicidad - spot_img