La suba regirá para quienes habían firmado sus contratos en agosto de 2022 y 2023 bajo el imperio de la Ley de Alquileres derogada por un DNU del presidente Javier Milei. Así, quienes vienen pagando $200.000 pasarán a pagar desde el mes próximo casi $694.000.

De la redacción de EL NORTE
[email protected]
Como viene ocurriendo mes a mes, el Índice de Contratos de Locación (ICL) de agosto será record nuevamente. Se trata del indicador utilizado para aplicar los aumentos de carácter anual que rigen para los contratos de alquiler firmados bajo el imperio de la Ley 27.551: la denominada Ley de Alquileres que el 20 de diciembre del año pasado fue derogada a partir de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el entonces flamante presidente de la Nación, Javier MIlei.
Aunque de aquí a fin de mes podrá tener ligeras variaciones, el ICL de agosto estará en torno al 247%. Calculado este jueves –es decir, midiendo la variación entre el 19 de julio de 2023 y hoy, 18 de julio de 2024– daba 246,95%.
Será un nuevo récord. Equivale a decir que quienes firmaron sus contratos en agosto de 2022 o de 2023 y ahora afrontan la actualización anual deberán pagar casi 3,5 veces más a partir del mes próximo.
En números: un inquilino que desde hace un año viene pagando $200.000 por mes, ahora pasará a pagar $693.900.
Superará el record precedente de 244,4% de julio. Las actualizaciones anteriores habían sido de 233,7% en junio, de 221% en mayo, de 197,7% en abril, de 165,5% en marzo, de 147,1% en febrero y de 137,5% en enero.
Post DNU
La controvertida Ley de Alquileres de 2020 había tenido en octubre del pasado –todavía bajo la gestión del anterior Gobierno– una primera reforma, que impuso ajustes semestrales en vez de anuales. Después fue derogada en diciembre por el actual Gobierno. Sin embargo, para quienes tienen contratos en marcha firmados con la vieja norma, nada cambió todavía.
Los contratos celebrados con anterioridad al DNU 70/2023 y que no vencieron se rigen por la ley que estaba vigente al momento de su celebración.
En consecuencia, todos los alquileres de vivienda que se hayan iniciado entre julio de 2020 y el 17 de octubre de 2023 siguen -hasta su culminación- regidos por la ley 27.551, la cual preveía un único ajuste anual determinado por un índice oficial: el ICL.
Se trata de un índice que elabora el Banco Central de la República Argentina considerando dos variables de la economía: la evolución de la inflación y la de los salarios. En lo que a inflación refiere, se utiliza el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), y en cuanto a salarios se emplea la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) que publica la Secretaría de Seguridad Social con periodicidad mensual. Del balance entre ambos índices surge mensualmente el de contratos de locación.

