31.7 C
San Nicolás de los Arroyos
miércoles, diciembre 11, 2024
Edición Diaria
Edición N°

AFIP EXTIENDE BENEFICIOS PARA MONOTRIBUTISTAS Y OTROS CONTRIBUYENTES

Las herramientas previstas en tres resoluciones generales que serán publicadas el próximo lunes, se encuentran vigentes desde el año pasado en el marco de la emergencia sanitaria.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende un conjunto de beneficios destinados a facilitar y agilizar distintos trámites que realizan las y los contribuyentes. Las herramientas previstas en tres resoluciones generales que serán publicadas el próximo lunes, se encuentran vigentes desde el año pasado en el marco de la emergencia sanitaria.



Exclusiones monotributo: La Resolución General Nº 5108 suspende hasta el 3 de enero de 2022 las exclusiones de oficio de monotributistas. Además se establece que ningún monotributista será dado de baja del régimen por falta de pago en diciembre de 2021.

Presentaciones Digitales. La Resolución General Nº 5105 extiende hasta el 31 de diciembre la obligatoriedad del uso de la plataforma que permite a los contribuyentes realizar gestiones online sin necesidad de concurrir a una dependencia. Hay más de 90 trámites disponibles.



El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones. Inclusive permite a los ciudadanos acreditar la condición de apoderados o representantes legales de empresas. Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

Datos Biométricos. Hasta el 31 de diciembre se renueva la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.



Planes de Facilidades: La Resolución General Nº 5106, por su parte, extiende los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas. La normativa, que busca asistir a las empresas afectadas por la pandemia, suspende hasta el 31 de enero de 2022 el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del promedio de ingresos mensuales de cada contribuyente. DIB