El Ministerio de Trabajo de la Nación, a cargo de Claudio Moroni, publicó en el Boletín Oficial la resolución Resolución 657/2021 que reglamenta los aspectos principales del programa Registradas, que busca incentivar la formalización de las trabajadoras de casas particulares a través del pago de hasta el 50% de sus salarios por un período de hasta 6 meses.
En el artículo 1 de la resolución se establece que “la solicitud de adhesión al Programa Registradas deberá realizarse al momento de registrar la relación laboral en el Sistema de Simplificación Registral del Régimen Especial del Contrato de Trabajo en Casas Particulares de la AFIP”.
En el segundo artículo se especifica que “para determinar la admisión al Programa Registradas, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social verificará la inexistencia de relación de parentesco hasta el primer grado entre la persona empleadora y el trabajador o la trabajadora”.
También se aclara en el artículo tres que “no podrá solicitar la adhesión al Programa Registradas el empleador o la empleadora que figure en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal)”.
Asimismo, en el artículo 4 se establecen pautas respecto de los ingresos brutos exigidos al empleador o empleadora, y se indica en otro artículo que “la liquidación y pago del beneficio establecido en el Programa Registradas se realizará mediante el servicio del Programa Repro II”.
En otro artículo se establece que “cuando el empleador o la empleadora no cumpliere con las obligaciones establecidas” se procederá a “la baja automática del beneficio, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder”.
Las destinatarias del proyecto son las trabajadoras de casas particulares y los empleadores que registren una nueva relación laboral.
Por su parte, Registradas es compatible con la AUH, la Asignación Universal por Embarazo, la Tarjeta Alimentar, el Progresar y Potenciar Trabajo.
Requisitos
- Dedicar un mínimo de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora, es uno de los requisitos para poder participar de la iniciativa.
- Al igual que, trabajar dentro de las tareas enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, ”Caseros y caseras”, ”Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”.
- No podrá haber vínculo familiar entre el empleador y la o el trabajador de casas particulares
Cómo inscribirse
- La inscripción al programa deberá ser solicitada por el empleador y estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021 cuando concluya la vigencia del programa.
- En principio, se anotará a la trabajadora en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se pagarán los aportes y contribuciones.
- Luego, se realizará la apertura automática de una cuenta sueldo gratuita en el banco Nación y el Estado le transferirá entre el 30 y el 50% del salario.