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viernes, enero 10, 2025
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MEMORÁNDUM CON IRÁN: LA DAIA APELÓ EL FALLO QUE SOBRESEYÓ A CRISTINA KIRCHNER

Apelaron los sobreseimientos firmados por el Tribunal Oral Federal 8 que señaló que el Pacto con Irán no había constituido un delito.

La Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) y un grupo de familiares de las víctimas del ataque a la AMIA apelaron la decisión de sobreseer a la vicepresidenta Cristina Kirchner y a otros acusados en el marco de la causa que investiga si existió un plan de encubrimiento para los iraníes sospechados de haber volado la mutual judía a través de la firma del Memorándum con Irán.

El Tribunal Oral Federal 8 había sostenido que por “inexistencia del delito” no se debía avanzar hacia el debate oral. La querella insistió en que hay pruebas para sustentar las acusaciones por supuesto encubrimiento del atentado a la AMIA en el expediente que inició con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman.

La DAIA adelantó que apelaría el fallo “tras haber escuchado a la comunidad en su diversidad” y consideró que esta medida sería “un hito trascendental para el organismo y consecuente con la posición sostenida durante los últimos tres años de llevar la causa a juicio oral”.

La presentación de la DAIA fue este domingo de manera electrónica. Hoy, la Justicia podrá empezar a evaluarla.

“El Código Procesal Penal de la Nación fue implícitamente derogado por el tribunal”, sostuvo la DAIA en su apelación. No solo por la habilitación de las audiencias sino por la valoración de la prueba ya existente que derivó en los sobreseimientos por entender que la firma del Memorándum no fue un delito.

“No puede considerarse una ‘cuestión política no justiciable’ la suscripción de un Memorándum de Entendimiento, que según la acusación, tenía como finalidad el encubrimiento de los acusados en un atentado terrorista. Tal plan criminal –de probarse en juicio obvio- no podría quedar exento de responsabilidad penal, pues no sería una simple decisión de “política internacional’. En modo alguno puede considerarse una decisión política ‘válida’ y ‘no justiciable’ la de encubrir a los sindicados como responsables de un atentado terrorista”.



“Sres. Jueces, no se les está solicitando que analicen el acierto o desacierto de la firma del Memorándum o de la ley que lo aprobó (la cual resultó inconstitucional), sino si existió o no el plan criminal que surge del requerimiento de juicio, circunstancia que inevitablemente debe decidirse luego de un juicio oral y público”, se añadió en el escrito