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San Nicolás de los Arroyos
viernes, noviembre 1, 2024
Edición Diaria
Edición N°

NUEVO MONOTRIBUTO INCLUSIVO

El presidente Alberto Fernández encabezó  una reunión de trabajo donde se analizó un proyecto de ley para fomentar el desarrollo de la economía popular a través de la creación de un monotributo productivo que incluya a los trabajadores de ese sector, promueva créditos para proyectos productivos y les dé preferencia en las compras gubernamentales.

Según trascendió, el nuevo esquema pasará a funcionar como la puerta de entrada a la formalidad para trabajadoras y trabajadores en situación de vulnerabilidad así como para todas aquellas personas que inicien actividades comerciales o profesionales sin importar la categoría en la que se registren.

También recibirán cobertura de salud disponibles a través de los programas nacionales del Ministerio de Salud de la Nación al momento de solicitar atención efectiva en cualquier centro de atención primaria de la salud (CAPS)



Monotributo para la inclusión

El proyecto es para sancionar una ley puente que permita la inclusión social, promueva  la formalización laboral y el acceso a jubilación y cobertura de salud

  • Durante los primeros 4 años, habrá una reducción significativa de las obligaciones mensuales del monotributo (impositivo, jubilación y salud).
  • Establece una transición gradual para personas que inician una actividad económica o la vienen desarrollando en la informalidad. 
  • El Estado se hace cargo del pago del componente impositivo del monotributo en forma permanente a todas las personas registradas en las categorías A, B y C.
  • Habrá medidas antiabuso para asegurar que estos beneficios lleguen a quienes más lo necesitan. 


Quiénes pueden acceder al monotributo productivo

  • Nuevos monotributistas.
  • Contribuyentes de las categorías A a la C del monotributo desde el 20/03/2020, monotributistas sociales y monotributistas promovidos. 
  • El nuevo régimen reemplaza al monotributo social y promovido. Quienes opten por permanecer en el anterior régimen, podrán hacerlo. 

Para el caso de las Categorías A, B y C serán exentos en forma permanente del componente impositivo.



En Categoría D y superiores el pago será progresivo:

1° y 2° año: 0%
3° año: 50% de la categoría que corresponda
4° año: 75% de la categoría que corresponda

En cuanto al componente Previsional, en las categorías A.B y C estarán exentos los dos primeros años y pagarán el 50 por ciento el 3 y 4to año.

En el caso de Categoría D y superiores no se pagará el primer año y luego se pagará un 25%, un 50% y un 75% del segundo al cuarto año.

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