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sábado, octubre 19, 2024
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Caso Gordillo: por un error de la fiscal Padulo debió postergarse la lectura de la sentencia

CULPABLE DE ABUSO SEXUAL

Estaba previsto que ayer miércoles el juez diera a conocer su decisión acerca del monto de la condena a imponer a Pablo Gordillo, quien fuera encontrado culpable de abuso sexual. Pero la audiencia de lectura fue suspendida tras haber sido anulado el juicio de cesura por la omisión del pedido de pena que debió expresar la fiscal.

Gaordillo espera el monto de la pena a cumplir, tras ser declarado culpable de abuso sexual.

De la redacción de EL NORTE
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La lectura de la sentencia en la que iba a darse a conocer el monto de la pena que deberá cumplir Pablo Javier Gordillo estaba prevista para ayer miércoles a la 13 horas. La medida fue suspendida tras anularse la audiencia de cesura que se había realizado el pasado viernes 8 de setiembre en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2. El Juez Alejandro López tomó la decisión de anular el juicio en el que las partes debatieron sobre los agravantes y atenuantes a tener en cuenta para fijar el tiempo de la condena y dispuso que se realice nuevamente el próximo 18 de setiembre. Los fundamentos de su decisión se basaron en la omisión por parte de la fiscalía de un requisito básico para su validez que es el pedido de pena que debe efectuar la parte acusadora. Si bien la fiscal Franca Padulo expuso los agravantes que el juez debería tener en cuenta para elevar el monto de la pena, omitió sobre el final de los alegatos hacer el pedido lo que motivó la nulidad de la audiencia que deberá volver a realizarse.

Pablo Javier Gordillo había sido encontrado culpable de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por un jurado popular el pasado 30 de agosto en un juicio por jurados. La determinación del tiempo de restricción de libertad debe ser impuesto por un jurado técnico luego de escuchar los alegatos sobre agravantes y atenuantes expuestos por las partes en base a la pena que marca la figura penal por la que fue condenado que oscila entre los 8 y 20 años. La acusación marcó que debía tenerse en cuenta la corta edad de la víctima cuando comenzaron los abusos, la naturaleza de los actos cometidos, la frecuencia de trato, la diferencia de edad entre víctima y victimario, que es de unos 22 años, y el parentesco, entre otras consideraciones. En tanto la defensa a cargo del letrado Gabriel Ganon planteó como atenuantes el buen concepto del que goza Gordillo que se desempeña desde hace tiempo como profesor de institutos secundarios de educación sin ningún incidente o denuncia de ningún tipo, el hecho de que siempre estuvo a derecho presentándose en todas y cada una de las citaciones y requisitorias y marcó especialmente la ausencia de unanimidad en el veredicto de culpabilidad del jurado, que se resolvió por una mayoría de 10 votos contra 2, solicitando que la condena se resolviese sobre el mínimo legal.

La acusación

Pablo Gordillo, de 44 años, militante político y profesor secundario, había sido hallado culpable por un jurado popular del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por resultar un grave daño en la salud física o psíquica de la víctima que contempla en su figura agravada una pena de 4 a 10 años pero que se aumenta de 8 a 20 cuando existen agravantes como los que se determinaron en este caso que produjeron grave daño a la salud física o síquica de la víctima. Está acusado de abusar sexualmente de una menor de manera sostenida en el tiempo desde que ésta tenía 7 años. Los hechos que originaron el proceso fueron denunciados en 2018 cuando la víctima cumplió la mayoría de edad pero habrían comenzado a producirse unos diez años antes. En el relato de los sucesos, la denunciante acusó al hombre, de haberla abusado sexualmente por primera vez a los 7 años y de repetir su conducta en el tiempo. Al cumplir la mayoría de edad, luego de varios años de terapia sicológica, habría decidido contar lo sucedido a su madre y efectuar la denuncia.

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